ORD. Nº 5849/308 30 de Septiembre de 1997. Estatuto de salud Asignación desempeño condiciones difíciles Procedencia Licencia médica.Estatuto de salud Contrato indefinido Procedencia. - Doctrina Administrativa - VLEX 238852866

ORD. Nº 5849/308 30 de Septiembre de 1997. Estatuto de salud Asignación desempeño condiciones difíciles Procedencia Licencia médica.Estatuto de salud Contrato indefinido Procedencia.

Fecha Disposición30 de Septiembre de 1997
MateriaEstatuto de salud Asignación desempeño condiciones difíciles Procedencia Licencia médica.Estatuto de salud Contrato indefinido Procedencia.

ORD. Nº

5849/308

MATERIA= Estatuto de salud Asignación desempeño condiciones difíciles Procedencia Licencia médica.

Estatuto de salud Contrato indefinido Procedencia.

RESUMEN DE DICTAMEN= 1) A los funcionarios de la salud acogidos a licencia médica, les asiste el derecho a percibir, si concurren los requisitos para ello, la asignación por desempeño en condiciones difíciles. 2) Con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 19.378, sólo es posible materializar el ingreso a la carrera funcionaria mediante contrato indefinido, previo concurso público de antecedentes, exigencia esta última que se entiende cumplida si el contrato indefinido fue pactado con anterioridad a la entrada en vigencia de la citada ley.

ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= Presentación de 21.08.97, de la Dra. Sra. Beatriz Galetovic L., de Médico Integral Consultorio y Sapu, Con Con.

FUENTES LEGALES= Ley 19.378, arts. 14 inc. 1º y 2º, 19 inc. 3º, 23 letra a), 28 inc. 1º.

CONCORDANCIAS DEL DICATMEN= Ord. Nº 539-32, de 04.02.97.

FECHA DE EMISION= 30/09/1997

DICTAMEN=

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SRA. BEATRIZ GALETOVIC LAGOS

CASILLA 8199

VIÑA DEL MAR

Mediante presentación del antecedente se ha solicitado un pronunciamiento de esta Dirección tendiente a determinar si el Ordinario Nº 5.297-247, de 14.09.92 resulta aplicable a los funcionarios de la salud del sector municipal, lo que se traduce en las siguientes consultas:

1) Si a los funcionarios de la salud acogidos a licencia médica les asiste el derecho a percibir la asignación por desempeño en condiciones difíciles.

2) Si resulta legalmente procedente escriturar contratos de duración indefinida a aquellos funcionarios de la salud que ingresen a la dotación respectiva, sin previo concurso público.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

1) En lo que respecta a la consulta signada con este número, cabe señalar que el inciso 3º del artículo 19 de la Ley Nº 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, dispone:

"El personal que se rija por este Estatuto tendrá derecho a licencia médica, entendida ésta como el derecho que tiene de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de la salud, en cumplimiento de una prescripción profesional determinada por un médico cirujano, cirujano dentista o matrona, según corresponda, autorizada por el competente Servicio de Salud o Institución de Salud Previsional, en su caso. Durante su vigencia, la...

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