Olivares - Corporación de Desarrollo de la Cultura China en Chile - 15 de Julio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 871036156

Olivares - Corporación de Desarrollo de la Cultura China en Chile

Fecha de publicación15 Julio 2021
Número de registroCVE-1972736
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.003
CVE 1972736 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.003 | Jueves 15 de Julio de 2021 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 1972736
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en
causa RIT: C-2664-2021; RUC: 20-4-0268570-1, caratulada “Olivares con Corporación de
Desarrollo de la Cultura China en Chile” y con fecha uno de julio de mil veintiuno se ha
ordenado notificar a la demandada de autos Corporación de Desarrollo de la Cultura China en
Chile, RUT: 65.190.014-K, representada por Juan Ramírez López, cuya cédula nacional de
identidad se desconoce, lla presente resolución conjuntamente con la liquidación del crédito de
fecha 29 de junio de 2021. Requerimiento de pago: “Santiago, uno de julio de dos mil veintiuno.
Requiérase a don Juan Ramírez López, en representación de Corporación de Desarrollo de la
Cultura China en Chile, para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466 del
Código del Trabajo, pague a don Juan Antonio Olivares López, o a quien sus derechos
represente, la suma de $364.106 (trescientos sesenta y cuatro mil ciento seis pesos), más
reajustes, intereses y costas. La liquidación del crédito deberá notificarse por carta certificada a
la demandante, la que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los
términos que dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación
se notificará el requerimiento al demandado, quien tendrá el plazo de cinco días para oponer las
excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de
los principios de celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del
Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes
diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la
retención a que se refiere el artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de $364.106
(trescientos sesenta y cuatro mil ciento seis pesos). 2) A través de la vía que se encuentra
autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e incorporar a la
presente causa la información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa
a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias la demandada Corporación de
Desarrollo de la Cultura China en Chile RUT 65.190.014-K.- 3) Asimismo, a través de la vía que
se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de vehículos a
nombre de la demandada Corporación de Desarrollo de la Cultura China en Chile, RUT
65.190.014-K. Sin perjuicio de lo resuelto, conforme al mérito del proceso declarativo y
verificándose los presupuestos previstos en el artículo 439 del Código del Trabajo, se ordena
notificar a la ejecutada Corporación de Desarrollo de la Cultura China en Chile, RUT
Nº65.190.014-K, representada legalmente por don Juan Ramírez López, se desconoce cédula
nacional de identidad, la presente resolución y la liquidación del crédito conjuntamente,
mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un extracto que redacte el
ministro de fe del Tribunal. RIT: C-2664-2021 RUC: 20-4-0268570-1 Proveyó don Ramón
Danilo Barría Cárcamo, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de
Santiago.- En Santiago, a uno de julio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la
resolución precedente”.- Liquidación: Practicada por el Tribunal con fecha 29 de junio de 2021 y
que arroja un total de $364.106.- Santiago, dos de julio de dos mil veintiuno.- RIT: C-2664-2021,
RUC: 20-4-0268570-1.- Paola Milagros Guerra Quijada, Jefe de Unidad de Causas y
Liquidaciones.

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