Oficio Ordinario N°7837 de 17/04/2015. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809647965

Oficio Ordinario N°7837 de 17/04/2015. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha17 Abril 2015
OFORD
.:
Nº7837
Antecedentes
.:
Su reclamo.
Materia
.:
Informa.
SGD
.:
Santiago, 17 de Abril de 2015
De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
Con relación a su presentación de antecedente, cúmpleme informar que este Servicio
formuló sus reparos a la decisión de la aseguradora por el rechazo del siniestro que afectó al
vehículo asegurado, fundada en que usted no era la propietaria del bien asegurado, por lo
que procedería a retarificar el precio que se pagaría por concepto de prima y que debería
pagar la diferencia previo al otorgamiento de la cobertura solicitada.
Al respecto, se observó que teniéndose presente que, de acuerdo a lo previsto en la nueva
ley de seguro y, en particular, el artículo 520 del Código de Comercio, en el sentido que son
igualmente asegurables derechos distintos al del dominio sobre el bien que se trata con tal
que aquéllos existan al tiempo del siniestro, en la especie cabría verificar si esa compañía
requirió de la asegurada su consentimiento para convenir con ella lo que se informó en
cuanto a que en la póliza contratada se pactaría la condición particular destinada a
establecer como requisito de cobertura el que aquélla fuera propietaria.
Asimismo, se señaló que si así no fuera el caso, tampoco resultaría atendible que esa
entidad hubiera asumido el riesgo que se ha tratado y que, no existiendo un interés
asegurable como propietaria de parte de la reclamante, ahora, producido un siniestro,
aquélla estime procedente que, de manera unilateral, pueda fijar por sí sola un nuevo valor
de prima.
Ante los términos del requerimiento referido la entidad reclamada nos informó su decisión
de acoger el siniestro que le había sido denunciado y que pagaría la indemnización
correspondiente.
Lo anterior se comunica para su conocimiento y eventuales observaciones, quedando este
Servicio a su disposición para volver sobre el particular.

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