Oficio Ordinario N°42807 de 17/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 873531064

Oficio Ordinario N°42807 de 17/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha17 Junio 2021
OFORD.: Nº42807
Antecedentes.: Su consulta de 12 de marzo de 2021
Materia.: Créditos de postergación de cuotas, Ley
N°21.299
SGD.: N
Santiago, 17 de Junio de 2021
De : Comisión para el Mercado Financiero
A :
Me refiero a su presentación de fecha 12 de marzo del año en curso, en que consulta acerca de
la aplicación de la Ley N° 21.299 que permite la postergación de cuotas de créditos
hipotecarios y crea la garantía estatal para caucionar cuotas postergadas a través del Fondo de
Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (FOGAPE).
Sobre el particular, cúmpleme informar que bajo dicha ley, los bancos, cooperativas de ahorro
y crédito, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, acreedores de los
mutuos otorgados por los mencionados agentes administradores y compañías de seguros, que
se adjudiquen garantías que el FOGAPE licite, pueden otorgar créditos de postergación a sus
deudores de obligaciones garantizadas con hipoteca.
La ley y su reglamento, contenido en el Decreto de Hacienda N°8 de 2021, regulan las
características y las formalidades a que se sujeta la suscripción de los contratos de mutuo que
se otorguen para financiar la postergación de cuotas, así como los requisitos y criterios de
elegibilidad de los deudores, tasación de los inmuebles y monto máximo a financiar. Así, en
lo que concierne a la disminución de ingresos de un deudor, deberá corresponder al menos a
un 25% de su ingreso mensual con respecto al promedio del año 2020 o 2019.
No obstante, cabe advertir que recae en cada entidad la decisión de otorgar un crédito de
postergación, de acuerdo a los criterios establecidos en sus políticas internas de riesgo de
crédito.
Junto a la alternativa de financiamiento que crea la Ley N° 21.299, se mantiene la posibilidad
de que cada entidad financiera disponga de programas y alternativas propias para la
postergación o refinanciamiento de cuotas de créditos en favor de sus clientes, cuyas términos
y condiciones son definidos por la respectiva institución.
Finalmente, podemos indicarle que esta Comisión ha implementado en su sitio web
www.cmfeduca.cl una sección especial con información y mayor detalle de los diversos
aspectos involucrados con la Ley N° 21.299 sobre postergación de créditos hipotecarios.
DGRCM / cag / dgc
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ...
https://intranet.cmfchile.cl/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ce...
1 de 2
17-06-2021 22:38

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR