Oficio Ordinario N°3755 de 10/02/2016. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809645125

Oficio Ordinario N°3755 de 10/02/2016. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha10 Febrero 2016
Saluda atentamente a Usted.
OFORD.: N 3755
Antecedentes.: Su presentación de fecha 15/01/2016.
Materia.: Informa.
SGD.: N 2016020017183
Santiago, 10 de Febrero de 2016
De : Superintendencia de Valores y Seguros
A : SEÑOR
Se ha recibido su presentación de antecedentes, por medio de la cual consulta respecto de la posbilidad de eximir de las obligaciones de
los números 1 y 2 del artículo 10 del D.S. N 1.055, a un corredor de seguros, en los siguientes términos:
"(...) un corredor de seguros determinado, que en una póliza determinada figura en la casilla "corredor", cobrando comisión en la
casilla"comisión", ¿puede sostener que únicamente pasó a tener la calidad jurídica y las obligaciones de un corredor de seguros con
posterioridad a la suscripción de esa póliza, estando eximido de las obligaciones de los números 1 y 2 del artículo 10 del Decreto
Supremo N° 1.055?."
Sobre el particular, cumplo en señalar que la normativa actualmente vigente, no contempla disposición alguna que libere de sus
responsabilidades a un corredor de seguros por las obligaciones que asume con un asegurable, derivadas de sus actividades de
intermediación. Es más, las obligaciones que pesan sobre los corredores, nacen incluso antes de la suscripción de la póliza, puesto que,
previo a ello, debe asesorar a la persona que desea celebrar un contrato de seguro, ofreciéndole las coberturas más convenientes a sus
necesidades e intereses.
Oficio electrónico, puede revisarlo en http://www.svs.cl/validar_oficio/
Folio: 20163755573703nriMoebIDipkhrTymgRKKSpLXijbmI
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno... http://www.svs.cl/documentos/ofo/ofo_3755_2016.xml
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