Oficio Ordinario N°29236 de 30/10/2018. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 913252598

Oficio Ordinario N°29236 de 30/10/2018. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha30 Octubre 2018
OFORD.: Nº29236
Antecedentes.: Copia del Acta de la Junta Extraordinaria
de Accionistas de Hohneck Chile S.A.,
celebrada el 31 de agosto de 2018,
recibida en esta Comisión con fecha 3 de
septiembre de 2018.
Materia.: Representa incumplimiento e instruye lo
que indica.
SGD.: Nº2018100183538
Santiago, 30 de Octubre de 2018
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : Gerente General
HOHNECK CHILE S.A.
Se ha recibido el acta del Antecedente, correspondiente a la Junta Extraordinaria de
Accionistas de 31 de agosto de 2018, en la cual se acordó la renovación del directorio de esa
sociedad (el Acta). Sobre el particular, cumple esta Comisión con manifestar a usted lo
siguiente:
1.- Conforme al Acta, al no asistir ningún director, la junta designó a don Diego Riquelme
Ruiz para presidirla. En relación a dicha designación, debe tenerse presente que, de acuerdo al
inciso final del artículo 61 de la Ley N°18.046 de Sociedades Anónimas ("LSA"),"Las juntas
serán presididas por el presidente del directorio o por el que haga sus veces...". En el mismo
sentido se expresa el artículo 107 del D.S. 702 del Ministerio de Hacienda de 2011 que
estableció el Reglamento de Sociedades Anónimas ("RSA"), agregando que "En las juntas
que se celebren sin previa convocatoria del directorio, en los casos que la ley lo permite, si
no estuvieran presentes el presidente del directorio y el secretario, se decidirá entre los
asistentes quien presidirá la junta..."(énfasis agregado).
En virtud de las disposiciones citadas, sólo excepcionalmente, en los casos en que no exista
convocatoria del directorio y en ausencia del presidente del directorio y del secretario, los
accionistas pueden acordar la designación de una persona ajena a dicho órgano para que
presida la junta, lo que no ocurre en la especie, toda vez que, según consta en el Acta, la junta
fue convocada según lo acordado en sesión de directorio de 17 de agosto de 2018.
Por lo anterior, se le representa que la sociedad de su gerencia ha infringido las disposiciones
previamente citadas, por cuanto la junta en comento, habiendo sido convocada por el
directorio, designó a una persona ajena a este órgano para presidirla.
2.- Adicionalmente, se le representa que la sociedad de su gerencia no ha dado cumplimiento
a lo dispuesto en el artículo 62, inciso cuarto, de la LSA, por cuanto en el Acta no consta que
se haya acordado algún sistema de votación.
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ... http://intranet.svs.local/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=313f3 ...
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