Oficio Ordinario N°28941 de 03/11/2014. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809648481

Oficio Ordinario N°28941 de 03/11/2014. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha03 Noviembre 2014
OFORD
.:
Nº28941
Antecedentes
.:
Presentación que indica.
Materia
.:
Informe.
SGD
.:
Santiago, 03 de Noviembre de 2014
De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
Gerente General
Con relación al reclamo presentado por doña _________ su representada informó que en la
especie no es posible acceder al pago de la indemnización toda vez que la denuncia de
siniestro se efectuó excedido 60 días corridos que establece la póliza para dicho efecto.
La reclamante ha fundado su reclamación exponiendo lo siguiente:
"Contrate un seguro e Renta Diaria por Hospitalización, con el ejecutivo de ________ , Suc
Plaza el Trébol. El 16 de diciembre (2012) se me hospitaliza de urgencia con un alta al 06
de marzo del 2014. Llamo a mi ejecutivo para que me realice denuncio, me indica que el
trámite es personal, que debo acercarme al banco, argumento mi imposibilidad de ir y se
me da como respuesta que cuando me mejore me acerque a realizar el trámite. En febrero
me acerco a realizar mi tramite aún convaleciente llevando todos mis documentos de la
Clínica, no me los aceptan y me piden un certificado de Hospitalización, regreso a los días,
las copias que me entra el banco no tienen fecha de recepción y luego de realizado el
tramite completo, __________s luego de una apelación me lo rechazada por esta fuera del
plazo. NOTA : existen 2 recepciones de denuncio de siniestro-con ejecutivos distintos y
solo una esta oficializada Pregunte reiteradas veces a la línea del banco, a mi ejecutivo y a
la Corredora, todos me tranquilizaron y ahora tengo un No como respuesta.
Al respecto, conforme a los antecedentes recopilados, cabe formular las siguientes
observaciones:
1.- En lo pertinente, en las condiciones de la póliza se señala que:
"Producida la hospitalización a causa de accidente o enfermedad, deberá informarse dicha
circunstancia dentro del plazo máximo de 60 días corridos en la sucursal de _____más
cercana, pudiendo presentarse también en las oficinas de _____________
"El Banco y el Corredor no serán responsables del eventual rechazo de un siniestro por falta
de aviso oportuno, que fuere imputable a la inactividad de su beneficiario."
2.- La disposición contractual citada e invocada para negar la indemnización no establece
sanción asociada al vencimiento del plazo, no habiéndose justificado la determinación de la
compañía en orden al efecto de la pérdida del derecho a la indemnización fundada en el

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