Oficio Ordinario N°24947 de 13/09/2018. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809645597

Oficio Ordinario N°24947 de 13/09/2018. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha13 Septiembre 2018
OFORD.: Nº24947
Antecedentes.: 1) Su presentación de 20 de agosto de
2018.
2) Presentación de Santa Filomena
Limitada, de 30 de agosto de 2018.
3) Oficio Ord. N° 22.917, de 30 de agosto
de 2018.
4) Su respuesta al Oficio N° 22.917, de 4
de septiembre de 2018.
5) Su presentación de 4 de septiembre de
2018.
6) Oficio N° 23.938, de 5 de septiembre
de 2018.
7) Su respuesta al Oficio N° 23.938, de
de 7 de septiembre de 2018.
Materia.: Informa.
SGD.: Nº2018090159794
Santiago, 13 de Septiembre de 2018
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : Gerente General
CLINICA LAS CONDES S.A.
Se ha recibido su presentación del número 7) de Antecedentes, por medio de la cual da
respuesta al Oficio N° 23.938, por el que se solicitó informar respecto del rechazo a la
solicitud de Inversiones Santa Filomena S.A., a citar a junta extraordinaria de accionistas a
efectos que ésta se pronunciara, entre otros temas, sobre la revocación total del directorio.
Sobre el particular, se reitera el análisis contenido en el Oficio Ord. N°22.917 de 30 de agosto
de 2018, en lo que se refiere a las solicitudes de los accionistas de realizar juntas, las materias
objeto de las mismas y las facultades del directorio sobre el particular.
En el mismo sentido, se hace presente que, la revocación de la totalidad del directorio, por
expresa disposición del artículo 38 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas (LSA),
es materia de junta de accionistas y, por lo tanto, al menos respecto de esta materia, el
directorio debe acceder a la solicitud presentada por Santa Filomena, conforme a lo
establecido en el artículo 58 número 3 de la LSA.
En virtud de lo expuesto, considerando que Inversiones Santa Filomena tiene una
participación superior al 10% en Clínica Las Condes S.A., y teniendo presente lo dispuesto en
el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas, la sociedad que representa
deberá citar a junta extraordinaria de accionistas, a objeto de que ésta se pronuncie sobre la
revocación total del directorio, en los términos y plazos establecidos en el artículo 58 N° 3 de
la ley N° 18.046.
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ... http://intranet.svs.local/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d243d ...
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