Oficio Ordinario N°1972 de 22/01/2015. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809645977

Oficio Ordinario N°1972 de 22/01/2015. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha22 Enero 2015
OFORD
.:
Nº1972
Antecedentes
.:
Sus presentaciones de fechas 26.11.2014,
28.11.2014, 17.12.2014 y 30.12.2014.
Materia
.:
Reponde reclamo.
.:
Nº2015010011293
Santiago, 27 de Enero de 2015
De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
Gerente General
MONEDA S.A. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS
ISIDORA GOYENECHEA 3621 PISO 8 - Ciudad: SANTIAGO - Reg. Metropolitana
En relación a las presentaciones del antecedente, por medio de las cuales reclama en contra de
Compañía Chilena de Navegación Interoceánica S.A. (CCNI) y de Agencias Universales S.A.
(Agunsa), en el marco de la operación que involucra a la empresa naviera alemana Hamburg
Südamerikanische Dampfschifffahrts-Gesellschaft (HSUD o comprador) y a las citadas
compañías, cumplo con señalar lo siguiente:
1. Conforme a los antecedentes que obran en poder de este Servicio, la operación comprendería
la venta de determinados activos y líneas de negocios, tanto por parte de CCNI como por parte
de Agunsa, a la empresa naviera alemana HSUD, el cumplimiento de determinadas obligaciones
tanto por CCNI como por Agunsa - incluyendo ciertas obligaciones de no competencia-,
recibiendo ciertas contraprestaciones de parte de HSUD. A lo anterior, cabe añadir que CCNI
puso término al contrato de agenciamiento que tenía con Agunsa, previo pago de una
indemnización.
2. Por su parte, en las presentaciones del antecedente se efectúan imputaciones que implicarían
infracción en la referida operación a diversas normas legales y reglamentarias, las que pueden
resumirse como sigue:
Las que regulan el derecho a retiro (artículo 69 N°3 en relación con el artículo 67 N°9 de
la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas).
Las que se refieren a la entrega maliciosa de información falsa al mercado (artículo 59
letra a) de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores).
Las que regulan la protección al interés social (artículo 42 numerales 4 y 7 de la Ley
N°18.046).
Las que regulan la aprobación de operaciones con partes relacionadas (Título XVI de la
Ley N°18.046).
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno d... http://10.1.0.18/documentos/ofo/ofo_1972_2015.xml
1 de 5 28-01-2015 13:30

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR