Oficio Ordinario N°17875 de 21/07/2016. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809645261

Oficio Ordinario N°17875 de 21/07/2016. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha21 Julio 2016
Saluda atentamente a Usted.
OFORD .: Nº17875
Antecedentes .: Su solicitud.
Materia .: Informa.
SGD .: Nº2016070093139
Santiago, 21 de Julio de 2016
De : Superintendencia de Valores y Seguros
A:
Se ha recibido en esta Superintendencia su consulta acerca de "necesito saber la existencia de
alguna norma, artículo, instructivo, o cualquier pronunciamiento en este respecto, para poder
mostrar al mandante, para que acepte la Póliza de Garantía en UF."
Sobre el particular, cúmpleme informarle que el artículo 10 del D.F.L. N° 251, dispone que "
El monto de los seguros, de las primas y de las indemnizaciones, se expresará en unidades de
fomento, a menos que los contratos respectivos se pacten en moneda extranjera con arreglo a
las disposiciones legales vigentes. Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia podrá
autorizar, mediante norma de carácter general, que se pacten en otros sistemas de
reajustabilidad o en moneda de curso legal.
El valor de la unidad de fomento que se considerará para el pago de las primas e
indemnizaciones será el vigente al momento del pago efectivo de las mismas."
A la fecha, esta Superintendencia no ha emitido norma alguna que autorice que los montos de
los seguros, las primas e indemnizaciones se pacten en moneda de curso legal.
Oficio Electronico - Superintendencia de Valores y Seguros - Gobierno... http://www.svs.cl/documentos/ofo/ofo_17875_2016.xml
1 de 2 01-08-2016 10:33

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR