Oficio Ordinario N°15610 de 11/07/2013. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809646501

Oficio Ordinario N°15610 de 11/07/2013. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha11 Julio 2013
OFORD
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Antecedentes
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Materia
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SGD
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De
:
Superintendencia de Valores y Seguros
A
:
Se ha recibido en este Servicio la presentación de antecedente, mediante la cual se
solicitó la intervención de esta Superintendencia, por los motivos que expone, que dicen
relación con el rechazo del siniestro, por el fallecimiento de
_______________(Q.E.P.D.) asegurado mediante póliza de seguro de vida individual,
según lo indica.
La compañía informó que una vez analizado todos los antecedentes, decidió acoger el
siniestro recomendando indemnizar al beneficiario de la póliza el capital asegurado,
actuando según lo dispuesto en la Póliza de Seguros de Vida, en el artículo 6° de la
Designación y Cambio de Beneficiario en su inciso final, que señala expresamente que:
"La compañía aseguradora pagará válidamente a los beneficiarios registrados en esta
póliza, y con ello quedará liberada de sus obligaciones, pues no le será oponible ningún
cambio de beneficiario en testamento o fuera de él, que no le hubiese sido notificado
con anterioridad a la ocurrencia del siniestro".
Agrega que para el caso particular que nos ocupa, la compañía no recibió ninguna
notificación solicitando el cambio de beneficiario, motivo por el cual a la ocurrencia del
fallecimiento del asegurado y solicitud de pago de la indemnización la compañía
procedió y pagó al beneficiario estipulado y registrado en la póliza.
Insistiendo que dicho nombramiento lo efectúo en forma voluntaria el asegurado al
momento de contratar la póliza mencionada, según consta de la copia de la propuesta.
Finalmente atendido lo informado por la compañía la que se habría ajustado a las
condiciones del contrato y por tratarse de un seguro de vida, cuya información reviste la
naturaleza de datos personales de carácter privado cuya entrega corresponde determinar
al beneficiario, salvo otros antecedentes este Servicio no podrá dar solución al problema
planteado, por lo que cualquier otra información relacionada con el seguro deberá
dirigirse directamente a la compañía aseguradora

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