Oficio Nº 898/06 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2006 - Normativa - VLEX 910805236

Oficio Nº 898/06 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2006

Año2006
Número de oficio898/06
MateriaTERRITORIO OPERACIONAL,PLANOS EN FORMATO DIGITAL: REQUISITOS
Superintendencia de
Servicios Sanitarios
Moneda 673, Piso 7 Oficina Concepción Oficina Puerto Montt
Código Postal: 650072
1
Calle San Martin
No
880, Pedro Montt
No
72.
Teléfono: 382 4000 Block B
-
Oficina 103 Piso 2
-
Oficina 203
Fax: 382 4002 1 382 4003 Teléfono:(04
1
)
2 14746 Teléfono:(O65) 343900
Santiago, Chile. Fax: (04
1
)
2 14880 Fax: (065) 343903
e-rnail: siss@siss.cl Concepción. Chile. Puerto Montt, Chile.
http:llwww.siss.cl
e-rnail:concepcion@siss.cl
e-rnail:ptornontt@siss.cl
ORD.: No
838
1
ANT.
:
DFL
NO382188
y su
Reglamento.
MAT.
:
Informa instrucción de
acompañar territorios
operacionales en formato digital
en procesos de concesión
sanitaria.
SANTIAGO,
U14
ABR
N06
DE: SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
A
:
SEGUN DlSTRlBUClON
1.
Me refiero a los procesos de solicitudes de concesiones sanitarias o ampliación de las
mismas, en especial, a la necesidad de que las empresas sanitarias acompañen en la
solicitud respectiva, en formato digital, el plano del territorio que pretenden, además de
su formato en papel impreso.
2.
Como es de su conocimiento, de acuerdo a lo prescrito en el artículo
12 A
del DFL MOP
N0382188,
esta Superintendencia debe solicitar un informe sobre las solicitudes de
concesiones ingresadas, tanto al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo como a la
Municipalidad respectiva, con el único fin de resguardar la coherencia entre los límites
del área que se pretende concesionar y las áreas de expansión urbana, definidas en el
correspondiente instrumento de planificación territorial.
3.
En el contexto de la disposición invocada se ha hecho necesario contar con la
información sobre el área de atención solicitada por la peticionaria en formato digital, a
fin de que los antecedentes que definen el territorio, sobre los cuales deben conocer e
informar los organismos mencionados, tengan mayor precisión, en el marco del proceso
de concesiones respectivo.
4.
Que, en idéntico sentido, se ha manifestado la Sra. Ministra de la Vivienda y Urbanismo,
según Ord.
NO1 78
de
08
de marzo pasado.
5.
Que, igualmente, esta Superintendencia, ha hecho una práctica requiriendo de los
peticionarios de concesiones sanitarias, la presentación de los límites de las áreas a
concesionar en formato digital, en la instancia de formular observaciones a sus
respectivas solicitudes, como cuestión previa a acogerlas a tramitación.

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