Oficio Nº 598/08 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802602

Oficio Nº 598/08 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2008

Año2008
Número de oficio598/08
MateriaDECRETO SUPREMO N° 609/98, FISCALIZACIÓN
GOBIERNO
DE
CHILE
5UPLWNnNOENCU
M
SULVICIOI
WCTNOS
ANT.:
Su carta de fecha
13
de diciembre de
2007.
MAT.:
Emite pronunciamiento respecto de
fiscalización de Norma DS MOP
N"
609198.
SANTIAGO,
2
5
FEB
M00
DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS (S)
A: ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO NUCLEO INDUSTRIAL SANTIAGO SUR S.A.
SR. SANDRO CODA CASTILLO
En relación a su carta del antecedente. en donde solicita que la concesionaria Aguas Andinas S.A.
efectúe una correcta fiscalización de la norma DS MOP N" 609198, puedo informar a Ud. lo siguiente:
1.
La norma DS MOP
N"
609198, tiene como objetivo mejorar la calidad ambientai de las aguas
servidas que los servicios públicos de disposición deestas vierten a los cuerpos de agua terrestres
o niaritimos mediante el control de los contaminantes liquidos de origen industrial, que se
descargan en los alcantarillados. Asimismo, dicha norma está orientada a 'proteger
y
preservar los
servicios públicos de recolección
y
disposición de aguas servidas mediante el control de las
descargas de residuos industriales líquidos': que puedan producir interierencias con los sistemas
de tratamiento de aguas servidas, o dar lugar a la corrosión, incrustación, u obstrucción de las
"redes de alcanfarillado" o a la formación de gases tóxicos o explosivos en las mismas, u otros
fenómenos similares.
2.
Según lo anterior. la norma en comento está orientada a proteger las redes de alcantarillado
público. que para el caso informado, son de responsabilidad de Aguas Andinas S.A. Cabe destacar
que las redes de aguas servidas que están al interior del Condominio, corresponden a redes
particulares de alcantarillado. por lo tanto su mantenimiento y reposición, son de cargo de los
comuneros.
3.
A mayor abundamiento. el punto 2.1 del DS MOP
N"
609198, modificado por
DS
MOP N" 601104.
indica que esa norma de emisión establece los limites máximos de contaminantes permitidos para
"residuos industriales líquidos, descargados por estableclmienfos industriales a los servicios
púb1;cos de recoleccidn de aguas servidas de tipo separado o unitarioz', es decir, el control de la
norma se debe realizar en cada punto de descarga de residuos liquidos o en cada Unión
Domiciliaria. que es el punto en el cual se une la instalación domiciliaria de alcantarillado con la red
de alcantarillado o colector perteneciente a la sanitaria.
4.
En consecuencia, para efectos del control de la noma DS MOP N" 609198, Aguas Andinas S.A.
solo debe inspeccionar aquellas Uniones Domiciliarias del Nucleo Industrial, que descargan
residuos industriales liquidos y que están conectadas al colector público de aguas servidas.

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