Oficio Nº 572/94 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 1994
Año | 1994 |
Número de oficio | 572/94 |
Fecha | 26 Mayo 1991 |
Materia | FUENTES DE AGUA POTABLE,CLIENTES CON FUENTE PROPIA DE AGUA |
t~
.
SUPERINTENDENCIA
DE
SERVICIOS
SANITARIOS ORD. NO 572 /
ANT.: ESSBIO N059/94 Y ESSBIO
N0279/94
MAT.: Cobro de servicio de
alcantarillado en base a
estimación de volumen de
A.S. descargadas
.
e SANTIAGO, -26 MAY 1991t
DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS
SR. GERENTE GENERAL ESSBIO S.A.
A:
.
Mediante documentos del antecedente se ha consultado sobre la procedencia de
cobrar el servicio de alcantarillado a empresas embotelladoras en base a un
volumen estimado 0 medido de aguas servidas descargadas, atendido a que éstas
utilizan una parte importante del agua potable como insumo de sus productos,
no siendo representativa para ellas la relación "consumo de agua potable versus
evacuación de aguas servidas", considerada en el cálculo tarifario. Al respecto
informo a Ud. 10 siguiente:
e
1.- ESSBIO S.A., como prestador, no está facultado para cobrar el servicio
de alcantarillado de aguas servidas en base a un volumen estimado 0
medido de las aguas descargadas, ya que cualquier variación que desee
introducirse al sistema 0 procedimiento de medición regulado en el
reglamento, D. S NO 453/89, deberá necesariamente con
tar con el respaldo
reglamentario correspondiente, a través de una modificación expresa de
dicho documento legal.
Al respecto, cabe recordar que la posibilidad, de medición de las aguas
servidas se encuentra establecida, en dicho Reglamento, s610 para
aquellos casos que cuentan con fuente propia de agua potable.
2. - Sin embargo, la concesionaria, en virtud de 10s arUculos 20 de! D. F . L.
NO 70/88 Y 56 del D.F .L. MOP NO 382/88, puede, ,Em este caso; cobrar
I
MONBDA
673
PISO
7
. FONOS:
6332082 AL
6332088
PAX:
6395866 .(4
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