Oficio Nº 4459/17 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 910803238

Oficio Nº 4459/17 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2017

Año2017
Número de oficio4459/17
MateriaCONCESIÓN SANITARIA,DERECHO DE EXPLOTACIÓN DE LA CONCESIÓN, EXPLOTACIÓN
&
'
'
^
>*
ORD.
N<
4459
(Carta
Certificada)
ANT.:
Su Oficio
N°31.048
recibido el 05.06.17.
(Ridex
5462).
MAT.:
Contrato de Transferencia de Derecho de
Explotación.
SANTIAGO,
Q
4
Qft
2017
DE:
SUPERINTENDENTE
DE
SERVICIOS
SANITARIOS
A
:
SR
PROSECRETARIO
DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.
Me
refiero a su Oficio
N°31.048/17,
expedido con ocasión de la facultad ejercida por el H.
Diputado
señor Lautaro Carmona Soto, que
solícita
informe sobre el contrato de transferencia
del
derecho de explotación suscrito entre ECONSSA CHILE S.A. (antes EMSSAT S.A.) y
Aguas Chañar
S.A. Específicamente,
el
H. Diputado consulta qué cláusula del contrato es ia
que
se estaría incumpliendo, de manera de que se le pueda poner término, asumiendo
ECONSSA
directamente la operación y administración del agua en las localidades de la
Región
de Atacama.
Al
respecto, informo a usted que ECONSSA es una empresa estatal titular de
varias
concesiones
sanitarias, ia cual ha celebrado contratos de explotación, con una duración de 30
años,
con Aguas del Altiplano, Aguas Antofagasta, Aguas del Valle, Nuevo Sur, Aguas
Araucanía,
Aguas Patagonia, Aguas Magallanes y Aguas Chañar. En este último caso, el
contrato
se suscribió con fecha 29.03.04 extendiéndose, por tanto, hasta el 29.03.34.
Esos
contratos fueron suscritos en el marco de lo dispuesto en el artículo 7o del D.F.L. MOP
N°382
de 1988, que contiene la Ley General de Servicios Sanitarios, que señala que
Tas
concesiones
o parte de
ellas,
podrán ser objeto de cualquier acto jurídico en virtud del cual se
transfiera
el dominio o el derecho de explotación de la concesión"; así como de lo establecido
en
el artículo 32° del mismo cuerpo legal, que dispone que el acto jurídico de transferencia del
dominio
o derecho de explotación de la concesión "deberá ser previamente aprobado por la
entidad
normativa, la que, para estos efectos, sóio verificará que a quien se le transfiere
dominio
o los derechos de explotación acredite que cumple con ¡os requisitos exigidos por la
ley
vigente".
Superintendencia
de Servicios Sanitarios
Moneda
673, Piso 9
Código
Postal: 6500 721
Teléfono: 56 - 2 - 2382 4000
Fax:
56 - 2 - 2382 4002 / 2362 4003
Santiago
de Chile
http://www.siss,gob.cl

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