Oficio Nº 4395/17 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 910803513

Oficio Nº 4395/17 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2017

Año2017
Número de oficio4395/17
MateriaREGULATORIO,MULTAS, RECLAMACIÓN SANCIONES
ORD.:
N°
4395
(Carta
Certificada)
ANT.:
Oficio de Contrataría
N°
16.223/17
(Ridex
11.171)
MAT.:
informa
sobre denuncia de juridicidad en contra
de
Resolución
SÍSS N°
1181/17.
SANTIAGO,
2
1
NOV 201/
A:
SEÑOR
CONTRALOR
GENERAL
DE LA
REPUBLICA,
DE:
SUPERINTENDENTE
DE
SERVICIOS
SANITARIOS
Cúmpleme
informar al tenor de la denuncia de
juridicidad
deducida ante el Contralor
Regional
de
Atacarna
por Aguas Chañar
S.A.,
referente a ¡a Resolución SISS
N°
1181
de 7
de
abril de
2017.
I.-
La denunciante solicita de
ía
entidad contralora un pronunciamiento acerca de la
juridicidad
de la Resolución N° 1181 de
2017,
dictada por este Organismo (SISS) para
poner
término al proceso de sanción seguido en contra de Aguas Chañar S.A. y que le
impone
una multa equivalente a 264 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Expone
en su presentación, que la sanción impuesta y todo el procedimiento
sanctonatorio
da
cuenta que el comportamiento de la Autoridad ha sido incongruente, toda vez que
habiendo
logrado un acuerdo de modificación tarifaria que se tradujo en definitiva en el
Decreto
MINECON N°
42 de 3 de noviembre de 2014, posteriormente inicia un
procedimiento
administrativo y
ia
sanciona por hechos explícitamente reconocidos por la
SÍSS
y que sirvieron a ese cambio de tarifas, todo ello sin ponderar esa circunstancia ta!
como
se hizo valer en los descargos del señalado procedimiento. Remarca, que no resulta
consistente
que existiendo un acuerdo entre la empresa sanitaria y la
SISS,
ésta curse
sanciones,
aun conociendo que uno de los motivos que impiden el cobro total de tarifas es
precisamente
la imposibilidad de alcanzar cabalmente los índices de calidad de producción
y
distribución de agua potable.
A
mayor abundamiento, razona en su petición, que ¡a Autoridad tuvo en cuenta la
problemática
de calidad que afecta a sus servicios de agua potable no sólo para llegar a!
acuerdo
de modificación de la tarifa, sino que supedita el cobro al cumplimiento de la norma
Técnica
respectiva y a la operación de las plantas de osmosis inversa, como etapa previa a
la
construcción de la planta desalinizadora que dará solución final a la calidad del agua
potable.
Agregando, que resulta de público conocimiento, que el proceso de instalación y
funcionamiento
de las referidas plantas se verifica de un modo paulatino.
§B«3>i^
Superintendencia
de Servicios Sanitarios
Moneda
673,
Piso
7
Código
Postal: 6500 721
Teléfono; 56 - 2 - 2382 4000
1
Fax: 56 - 2 - 2382 4002 / 2382 4003
Santiago
de Chile
j
http://www.sis5.Qob.cl

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