Oficio Nº 4075/14 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802969

Oficio Nº 4075/14 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2014

Año2014
Número de oficio4075/14
MateriaTARIFAS,VIGENCIA REGIMEN TARIFARIO Y PUBLICIDAD ESTUDIOS
ORD.
N°
(Carta
Certificada)
ANT.:
Oficio
N°
4805/2014 de la Cámara de
Diputados.
MAT.:
Solicitud información nuevo régimen
tarifario
empresa Aguas Chañar S.A.
SANTIAGO,
DE:
SUPERINTENDENCIA
DE
SERVICIOS
SANITARIOS
A:
SR.
LUIS
ROJAS
GALLARDO
PROSECRETARIO
DE LA
H.
CÁMARA DE DIPUTADOS
Me
refiero al Oficio
N°4805
del 03.10.2014, que a requerimiento de la H. Diputada Daniella
Cicardini
Milla, solicita que se informe sobre eí nuevo régimen tarifario que esta
Superintendencia
acordó con la empresa Aguas Chañar.
Al
respecto, puedo señalar lo siguiente:
1)
Por aplicación de los artículos
12Ay12Bdela
Ley de Tarifas del sector sanitario, el
D.F.L.
MOP
N°
70 delo 1988, la empresa Aguas Chañar S.A. en cartas ACA N°320
de
fecha 17 de julio de 2012 y Carta ACA
N°
368 de fecha 13 de agosto de 2012,
solicitó
a esta Superintendencia adelantar el proceso de cálculo tarifario por cambios
en
los supuestos que se definieron para determinar las tarifas vigentes.
2)
En cumplimiento de lo que impone la citada normativa, con fecha 08 de octubre de
2012,
se acordó entre la empresa y esta
Superintendencia
modificar las fórmulas
tarifarias. El proceso tarifario se inició con fecha 30 de noviembre del 2012, con la
publicación
de las Bases Tarifarias que se definieron para realizar los respectivos
estudios
tarifarios, que comprendía revisar las tarifas de las 10 localidades de la
Región
de Atacama, que son abastecida por la empresa.
3)
El intercambio de los estudios tarifarios se realizó con fecha 01 de octubre delo
2013
y, posteriormente, dentro del plazo legal, la empresa presentó sus discrepancias
a
los estudios de la autoridad con fecha 31 de octubre del 2013.
4)
Al
no producirse acuerdo para resolver ias discrepancias planteadas por la empresa,
dentro
del plazo que le impone la legislación, la Superintendencia debió convocar a la
comisión
de expertos que prevé el artículo 10° de la Ley de Tarifas. La comisión
convocada
se constituyó con fecha 05 de diciembre del
2013
y entregó su dictamen,
resolviendo
sobre las discrepancias formuladas, con fecha 06 de enero delo en
curso.
Superintendencia
de
Servicios
Sanitarios
Moneda
673, Piso 9
1
Código Postal: 6500 721
í
Teléfono: 56 - 2 - 2382 4000
Fax:
56 - 2 - 2382 4002 / 2382 4003
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Santiago de
Chüe
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http://www.siss.gob.cl

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