Oficio n° 3779, de 29.12.2021
Autor | Ximena Pérez B. |
Cargo | Contador General |
Páginas | 182-184 |
182
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
CONCLUSIÓN
Conforme lo expuesto precedentemente y respecto de lo consultado se informa que:
1)Elderechoacréditoscalenlaconstruccióndelinmueblecomercialdependeráde
cumplir lo establecido en el artículo 23 y siguientes de la LIVS, lo que en el presente
casoimplicaqueelinmuebleseencuentredestinadoaformarpartedesuactivojo
o bien de su activo realizable.
Luego, en principio procedería el derecho a crédito scal toda vez que el ánimo
que guía al contribuyente en la adquisición y construcción del proyecto es vender
lasnuevas unidadesde ambosedicios que,de nomediar lareorganización, se
encontraría en su totalidad gravada con IVA.
Deconcretarselareorganización,elcontribuyentedeberárecticarsusdeclaraciones
rebajando el crédito scal asociado a la construccióndel inmueble con destino
comercial, asignado a NEWCO.
2)Enelpresentecasonoprocedeelusocomocréditoscalprovisionaldelimpuesto
soportado en la realización del proyecto.
3)Siladivisiónnoprosperay,nalmente,lainmobiliariaterminavendiendolasdistintas
unidadesdelediciocomercial,laventadeéstasseencontrarágravadaconIVA.
3. OFICIO N° 3779, DE 29.12.2021
TEMA: Emisión de boleta electrónica afecta al impuesto adicional a las
bebidas alcohólicas.
Se ha consultado a este Servicio sobre la emisión de boletas de ventas y servicios
electrónica por operaciones afectas al impuesto adicional del artículo 42 de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, la empresa tiene dos giros “elaboración de bebidas
malteadasydemalta”y“otrasactividadesdeserviciosdebebidas”yemitenboletas
usandolaaplicacióndeesteServicio(e-boleta),enlascualesnosereejaelimpuesto
a las bebidas alcohólicas (ILA), lo que sí ocurre en la emisión de facturas.
Al respecto consulta cómo funciona el impuesto establecido en el artículo 42 de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), cómo se gestiona en la boleta,
dónde se declara y su forma de recuperación.
ANÁLISIS
El artículo 42 y siguientes de la LIVS establece un impuesto adicional a las bebidas
alcohólicas, analcohólicas y productos similares (ILA), en las ventas e importaciones
de los productos que se señalan en las letras a) a la c) del referido artículo 42, el cual
se aplica sobre la misma base imponible IVA.
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