Oficio n° 3635, de 23.12.2021
Autor | Ximena Pérez B. |
Cargo | Contador General |
Páginas | 162-165 |
162
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
Ahora bien, considerando que la operación sería realizada entre relacionados, o en
beneciodeestos,correspondeanalizarespecialmentequeelmontodelgastosea
razonable, atendidas las circunstancias del caso y el interés de la empresa que incurre
en el desembolso. Para tal efecto, se debe atender a factores objetivos tales como
la importancia de la empresa, las rentas declaradas por esta última, los servicios
prestados, la rentabilidad del capital, la importancia del cargo, los honorarios de
mercado, sin perjuicio de los impuestos que procedan respecto de quienes perciban
tales pagos.
De esta manera, la deducción de este gasto dependerá del cumplimiento de los
requisitos legales, en particular, acreditar que los servicios fueron efectivamente
utilizados en el desarrollo o implementación del proyecto respectivo, materias
entregadasarevisiónenlasrespectivasinstanciasdescalización.
8. OFICIO N° 3637, DE 23.12.2021
TEMA: Préstamo entre socio y la sociedad en participa.
De acuerdo con su presentación, un accionista habría celebrado un mutuo con la
sociedad en que participa, consultando si el mutuo se trata como un aumento de
capitaly,encasoarmativo,siestomodicaríalaparticipación delaccionistaenla
sociedad.
Al respecto, cabe precisar que el párrafo segundo del N° 9 del artículo 41 de la
Ley sobre Impuesto a la Renta, en su versión vigente hasta el 31 de diciembre de
2012, para efectos del reajuste y corrección monetaria, consideraba a los haberes
entregados por los socios o accionistas en favor de la sociedad en que participa, a
cualquier título, como aumentos de capital.
Sin embargo, dicha norma fue sustituida, dando término al tratamiento de los haberes
entregados por los socios o accionistas como aumentos de capital.
Conforme a la LIR actualmente vigente y respecto de lo consultado se informa que los
préstamos celebrados entre socios o accionistas con la sociedad en que participan
no se tratan como aumentos de capital.
9. OFICIO N° 3635, DE 23.12.2021
TEMA: Tributación de rentas derivadas de un inmueble en el extranjero
conforme a la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la tributación que afecta
a la rentabilidad de inversiones en el extranjero, entre ellas, las rentas derivadas de
un inmueble ubicado en el extranjero y su enajenación.
ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una persona natural que mantiene fondos en una
cuenta pershing, comprará un inmueble en el extranjero, con el objeto de darlo en
arrendamiento. Los fondos para realizar la inversión los ha remesado a través del
Capítulo XII del Banco Central.
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