Oficio n° 3503, de 14.12.2021 - Núm. 104, Febrero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837729

Oficio n° 3503, de 14.12.2021

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas193-194
193
CATÁLOGOS DE ESQUEMAS TRIBUTARIOS AÑO 2021
Todos los casos corresponden a facturas emitidas por personas naturales o jurídicas,
en su calidad de representantes de diversos artistas que participarían en el referido
festival.
Al respecto, si bien no se ofrecen mayores antecedentes para determinar la naturaleza
de los servicios por los cuales se emitieron facturas exentas de IVA, se desprende que
los pagos corresponden a la contratación de artistas, sumas que fueron facturadas
en representación de estos.
De ser así, dichas sumas remunerarían el trabajo personal de cada uno de los artistas
porsuparticipaciónenel“FestivalZZZ”,ingresosqueconformealN°2delartículo42
de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), provendrían del ejercicio de una ocupación
lucrativa,denidaenelpárrafosegundodelreferidoN°2como“laactividadejercida
en forma independiente por personas naturales y en la cual predomine el trabajo
personalbasadoenelconocimientodeunaciencia,arte,ocio otécnicaporsobre
elempleodemaquinarias,herramientas,equiposuotrosbienesdecapital”.
Frente al IVA esas rentas se encuentran exentas conforme al artículo 12, letra E,
N° 8, de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS).
Luego, si las sumas cobradas en representación de los artistas, por las personas
naturales o jurídicas que los representan, remuneran la participación de cada uno de
estosenel“FestivalZZZ”,dichassumasseencuentranexentasdeIVA.
10. OFICIO N° 3503, DE 14.12.2021
TEMA: IVA en el arrendamiento de un bien corporal inmueble.
De acuerdo con su presentación consulta sobre el IVA que afecta al arrendamiento de
terrenos a los cuales se les han construido instalaciones como galpones metálicos,
electricidad trifásica, espacios de acopio de insumos, materias primas y productos
terminados, ocinas de material ligeropara la administración de la producción,
espacios de carga y descarga y algunos otros elementos como romanas de pesaje
y otros equipos menores de uso corriente en la industria.
Agrega que sus arrendatarios constituyen empresas para las cuales los aludidos
bienes son necesarios para el proceso de transformación de productos destinados a la
industria, construcción, minería, transporte, etc. Y que deben requerir de la autoridad
municipal y sanitaria cuando corresponda, las autorizaciones de funcionamiento
como industria.
Al respecto, se informa que la letra g) del artículo 8° de la Ley sobre Impuesto a
las Ventas y Servicios (LIVS), grava con IVA el arrendamiento, subarrendamiento,
usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de entre otros,
inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna
actividad comercial o industrial.
NOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2021 - ENERO 2022

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