Oficio Nº 3446/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 910801021

Oficio Nº 3446/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007

Año2007
Número de oficio3446/07
MateriaAPORTE FINANCIAMIENTO REEMBOLSABLE, OBRA DEL URBANIZADOR Y DEL PRESTADOR
GOBIERNO DECHILE
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANTTARIOS
Moneda 673,Piso 7
Código Portal~6SW721
Teléfono 382 4003
Fa:
382 4WlI 382 4W3
Sanuago.Chile
email: s~s@s~ss.ci
hrrpi/mw.siss cl
Oficina
la
Serena
Edif Italia,
Av
Balmaceda NV91
Micina N202
Teléfono.(O51) 214597
hx
(051)214595
la
Serena, Chile
e-mail:laserena@siss cl
Oficina Tala
Edif Pom Maule.Qlle UnoNoneNY31
Micina NY24
Teléfono. (071 1220447
Oficina Conce~ión
Qlle
San
Km
N'
880.
Biock
B
-
Oficina 103
Telelono:(MI) 2214 746
hx(M1)2214BBO
Concep6n,Chile
e-mailconce~ion@silr.cl
Ohcim Temuco
Edil Excell.Qlle Miraflores
N399
Mima
N"
501
Tellfow (045) 236830
Far
(045) 236W
Temuco, Chile
e-mail:temuco@s~ss.cI
Oficiru Pueno Monn
Pedm Monn
N'
R
Piso
1
Ofic~m 203
Telefono: (065) 343WO
hx
(065) 343903
heno Monn Chile.
e.mil.piomonn@siss.cI
ORD.: No
1
ANT.: Su carta emitida el 20 de julio
del 2007.
MAT.
:
Sobre factibilidad de servicio
parte alta de sector Chicureo.
DE: SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
A: SR. GERENTE DE DESARROLLO
PIEDRA ROJA DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.A.
Mediante Carta del antecedente y con relación a una factibilidad de servicio otorgada por
Aguas Manquehue para un sector alto de Ciudad de Chicureo, solicita un pronunciamiento
en los siguientes aspectos:
a) Facultad que asiste al concesionario de otorgar certificado de factibilidad que
posterga el acceso a los servicios sanitarios en más de 10 años.
b) Sobre el tipo de aportes, diferentes de obras de urbanización, reembolsables o no
que pueda exigir la concesionaria.
Al respecto, puedo informar a Ud. lo siguiente:
La exclusividad o monopolio que le confiere la concesión sanitaria a su titular,
respecto de un área o territorio operacional urbano, para que distribuya agua potable
o recolecte aguas servidas de los inmuebles edificados que le soliciten servicio, trae
consigo la obligación de atenderlo.
La obligación de servicio se traduce en que el concesionario no puede denegar la
solicitud de servicio que se le pida dentro del territorio operacional y debe emitir al
efecto, la factibilidad de servicio; que es el documento formal emitido por las
concesionarias, "mediante el cual asumen la obligación de otorgar los servicios a un
futuro usuario, expresando los términos y condiciones para tal efecto."
Ahora bien, otra obligación propia de la concesión la constituye el comprometerse a
ejecutar un programa de desarrollo; este es, el programa de inversiones para un

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