Oficio Nº 343/96 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 1996
Número de oficio | 343/96 |
Materia | ESTANQUE DE ACUMULACIÓN,REGULATORIO |
\ '- . \' ....
SUPERI~TENDEi'iCIA
DE
SERVICIOS
SANIT
ARIOS
No
4 3 6 i~
ORO. : NO 43 /
ANT. : Ord. Circ. SENDOS
N01451 del 10.06.87.
MA'l'. : RIDl\l\. Es tanques de
Acumulación en Esta-
blecimientos Educacio-
nales.
SANTIAGO, ~'-, MAR
1998
e
DE SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS
A SRA. PAULINA AVARIA BENAPRES JEFE DE GABINETE DE
ALCl\LDIl\ I. MUNICIPALIDAD DE LO Bl\RNECHEA
'II 1. Mediante consulta telefónica, efectuada a funcionarios de
es ta Super intendencia, Ud. solici tó un pronunciamiento
ace rea de la obligatoriedad de instalar estanques de
almacenamiento de agua potable en establecimientos
educacionales.
2. Al respecto, informo a Ud. que e1 SENDOS, como antecesor
legal de esta Superintendencia, teniendo en vista las
atribuciones otorgadas en el D.S. MINVU N0267/80, que Ie
permitian interpretar la normativa de laB inBtalaciones
domiciliarias de agua potable y alcantarillado, mediante
Ordinario Circular N01451 de fecha 10.06.87, emitió el
siguiente pronunciamiento:
e
" la exigencia de disponer de estanques de acumu-
lación de agua potable, estâ referida exclusivamente a los
edificios de altura, y en cas os especiales a aquellos de
uno 0 dos pisos, que no tengan 1a posibi1idad de un
abastecimiento adecuado en forma directa desde 1a red
pública, siendo esta exigencia de carâcter general, vale
decir, se refiere a todo tipo de edificación incluidos 10s
estableclmientos educacionales.
~
Adicionalmente, en los establecimientos educacionales,
cuando por las condiciones ya referidas, sea necesario
disponer de estanques de acumulación, estos deberân
cumplir con las exigencias têcnicas dispuestas en el
..
".~ I
MONEDA
613
PISO
1
FONOS:
6332082
AL
6332088
FAX:
6395866
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