Oficio Nº 3244/00 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802705

Oficio Nº 3244/00 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2000

Año2000
Número de oficio3244/00
MateriaTARIFAS,APORTE DE TERCEROS, INFRAESTRUCTURA DE CARGO DEL URBANIZADOR
+
Superintendencia de
Servicios Sanitarios
Moneda 673, Piso 7
C6digo Postal: 650072 I
TelOfono: 382 4000
Faxz 382 4002 I 382 4003
Chile. . . 5antiagca
e-mail: siss@iss.d
. . httpJ/wwwiss,d
Oficina Concapclbn
Anbat Pinto No 215,
Piso 10 - Ofidnr 1006
TelCfono: (04 1) 2 14 746
Fax (041) 214 880
-
Oficina Puerto Montt
Pedro Montt No 72,
Piso 2 - Oficinas 203
Tel6fono: (065) 343900
Fax (065) 343903
ConcepcMn, Chk Puerto Mo& Chile.
e-mail: conccpdow&issd c-mail: ptomont@si~d
ORD. No-
3244
* I
ANT.
: Su carta NQ 20.233/00
MA%:
Infraestructura de cargo del
prestador.
DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS
A: GERENTE GENERAL EMOS S.A.
1, Me refiero a la carta EMCS IV20233 de 5 de Diciembre en curso, mediante la
cual, manifiesta que no corresponde a esa empresa, asumir responsabilidad
alguna por la construccibn, funcionamiento y estado del coiector de alcantarillado
de aguas servidas que atraviesa varias propiedades de la comuna de La Reina y
que, producto de un rebalse, escurrió e inundó la propiedad de don Felipe
Muñoz, quien reclamó del hecho ante esta Superintendencia.
0
u
2. El colector en cuestión lo califica EMOS S.A. como instalación interior
domiciliaria de alcantarillado. Esta calificacion no se condice con la definición
que sobre la misma entrega el artículo 53Q letra b) del D.F.L. NQ 382/88, como
tampoco por las condiciones tecnicas que este reviste,
3. En ia especie, y de conformidad con la escritura pública de servidumbre de fecha
16/12/97 extendida ante el Notario Publico don Felix Jara Cadot, en la cl8usuta
segunda de dicho instrumento se calificó como “Colector Publico Gravitacional
de Alcantarillado, según aprobacion de EMOS número noventa y clnco mi!
quinientos cuarenta y cuatro” a la supuesta instalación interior domiciliaria de
alcantarillado.
4. Ahora bien, de conformidad con el articulo 239 del DFL MOP NQ 70188 en relación
con el articulo 43* del DFL MOP NP 382/89. corresponde al urbanizador ejecutar
a su costa las instalaciones sanitarias con sus Obras de alimentacion y desagQ8,
necesarias para urbanizar el terreno. .
.
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