Oficio Nº 2788/09 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 910800564

Oficio Nº 2788/09 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2009

Año2009
Número de oficio2788/09
MateriaRILES,CONCESIONARIA, ZONA URBANA
GOBIERNO
DE
CHILE
SUPENNENDENCIA DE SERVICIOS SANiiAFdOS
ORD. No
1
(Carta Certificada)
ANT.:
ORD 306106 de la l. Municipalidad de
Pirque.
MAT.:
Pronunciamiento sobre funcionamiento
de Empresa Aguas Pirque S.A. (APSA).
SANTIAGO,
DE:
SUPERlNTENDENTA
DE
SERVICIOS SANITARIOS
AL: SR. CRlSTlAN BALMACEDA UNDURRAGA
ALCALDE DE LA l. MUNICIPALIDAD DE PIRQUE
Me refiero a su
ORD
de la referencia, en virtud del cual puedo informar lo que sigue:
En conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Superintendencia de Servicios
Sanitarios número 18.902 y Ley General de servicios Sanitarios, D.F.L
No
382188,
corresponde
a esta entidad normativa fiscalizar a los prestadores de servicios sanitarios, respecto del
cumplimiento de las normas relativas a esos servicios, como también velar por el cumplimiento,
por parte de los fiscalizados, de las instrucciones y resoluciones que emanen de la propia
Superintendencia.
La empresa Aguas Pirque
S.A.,
no tiene el carácter de concesionaria de servicio público
sanitario, por ello no se encuentra sujeta a la fiscalización de esta Superintendencia y si bien
atiende los servicios, en parte, en zona urbana, esta situación no está regularizada a través de
la concesión.
Tal regularización, respecto de la zona urbana, debe hacerse voluntariamente por el interesado
(Aguas Pirque
S.A.),
o bien puede ser objeto de licitación, lo cual debe ser materia de estudio
por parte de esta entidad normativa a fin de evaluar correctamente los supuestos previstos en la
ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR