Oficio n° 2684, de 06.10.2021 - Núm. 101, Noviembre 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893377977

Oficio n° 2684, de 06.10.2021

AutorXimena Pérez Brito
Páginas177-179
177
TRIBUTACIÓN DEL RÉGIMEN
PRO PYME GENERAL
ANÁLISIS
De acuerdo al N° 9 de la letra A) del artículo 14 de la LIR, tratándose de una empresa
que tenga, directa o indirectamente, propietarios contribuyentes de impuesto global
complementario y que sus propietarios, directos o indirectos, sean contribuyentes
relacionados, el Servicio de Impuestos Internos podrá revisar, conforme con este N°
9, las razones comerciales, económicas, nancieras, patrimoniales o administrativas
para que los retiros o la distribución anual de las utilidades que corresponde a dichos
propietarios relacionados se realice en forma desproporcionada a su participación en
el capital de la empresa.
Como se aprecia, esta facultad especial de revisión presupone el hecho “retiro o
distribución” de utilidades, siendo irrelevante la época en que fueron generadas esas
utilidades que se retiran o distribuyen.
Lo anterior es consistente con lo dispuesto en el artículo octavo transitorio de la Ley Nº
21.210, en virtud del cual, las modicaciones introducidas a la LIR entraron en vigencia
a contar del 1 de enero de 2020. En consecuencia, agrega la norma transitoria, “se
aplicarán sus disposiciones a los hechos ocurridos a contar de dicha fecha.”
Conforme lo anterior, la facultad establecida en el N° 9 de la letra A) del artículo 14
de la LIR es aplicable a los “retiros o distribuciones” de utilidades (hechos) ocurridos
a contar del 1º de enero de 2020.
CONCLUSIÓN
Conforme lo expuesto precedente no es posible conrmar lo solicitado y, por el
contrario, se informa que la facultad especial de revisión contenida en el N° 9 de la letra
A) del artículo 14 de la LIR es aplicable respecto de todos los retiros y distribuciones
anuales de utilidades que se realicen a contar del 1º de enero de 2020, independiente
de la fecha en la cual se generaron esas utilidades.
OFICIOS IVA
1. OFICIO N° 2684, DE 06.10.2021
TEMA: IVA en los servicios de intermediación de suscripciones a periódico
de circulación nacional y emisión de factura de compra.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre el tratamiento tributario
de los servicios de intermediación de suscripciones de un periódico digital por parte
de XXXXX y la emisión de facturas de compra por parte del beneciario del servicio.
ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una sociedad chilena dedicada a la comercialización
de suscripciones a un periódico en formato digital (sociedad chilena) pretende
encargar a XXXXX (compañía domiciliada en Estados Unidos de América) la venta
de las mencionadas suscripciones a través de las plataformas o marketplaces de esta
última (AAAAA y BBBBB), junto con la habilitación de un botón de pago denominado
“CCCCC”.
NOVEDADES TRIBUTARIAS SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2021

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