Oficio Nº 2574/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 910800287

Oficio Nº 2574/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007

Año2007
Número de oficio2574/07
MateriaTARIFAS,APORTE FINANCIEROS REEMBOLSABLES, RECAUDACIÓN
Superintendencia de
Servicios Sanitarios
Moneca
673,
Piso
7
Oficina La Serena
Codigc
Pos:al.
650072'1
Edif. Italia,
AL.
Balmaroda
V991
Teléfono.
362 4000
Oiicina
No
202
Far
382 4002 13624003
Teléfono:
(051) 21459'
Santiaoo, Chile Fax.
(051) 214595
e-nail: iicsOriss c
La
Se.ena. Chile
httpllv+vw
518s
CI e-mail.laserena9siis.cl
Oficina Talca
Edii. Poqal Mau!e, Calle IJno Nofle
N"
931
Oficina
NV24
Telefono
(071) 220447
Fax
(071) 226933
Talca, Chile
e-mail~talca9riss cl
Oficina Concepcio? Oficina Tenuco Oficina Pue'ío Montt
Calle San Macin
lun
880,
Edif. Excel,. Cale Viraflores
No 899
Pedro Montt
NO72
Block
B
-
Oficila
133
Oficina
NYO1
Piso
2,
Oiicina
203
Teléfono.
(041) 214 746
Teléfono:
(045! 236830
Teléfono:
(065) 343900
Fax.
(041) 214 660
Fax:
(045) 236908
Fax:
(065) 343903
Concepcicn, Chile Temuto, Chile Puerto Montt, Chile.
e
rnai!.co~$%~ gvail temuco@s~ss.cl e-ma~l:ptomontt@siss.cl
ORD. No
1
ANT.:
Oficio No195107 de SMAPA de
11
de junio107; Oficio SISS NO2309 de
28 de mayo(07; Reclamo de
Inmobiliaria HCGS.A. de
22
de
mayol07.
MAT.:
Aportes reembolsables por
capacidad.
SANTIAGO,
11
JUN
2PQa
DE: SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
A
:
SR. DIRECTOR SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
Y
ALCANTARILLADO
DE MAIPÚ
1.
Me refiero a los antecedentes de la referencia, que abordan sobre la exigencia de
aportes reembolsables por capacidad, reclamado a esta entidad por la Inmobiliaria HCG
S .A.
2.
El oficio SMAPA No 195107 emitido a requerimiento de esta entidad no aclara la esencia
del reclamo, esto es, la exigencia de aportes por capacidad y el monto objetado por el
reclamante.
De los antecedentes examinados se desprende que en el certificado de factibilidad No
15.345104, SMAPA estableció que el proyecto se encontraba afecto a aportes
reembolsables por capacidad y para extensión. Sin embargo, el interesado manifiesta
que, posteriormente, y en forma verbal, su Servicio habría señalado que: a) no
correspondía
el
cobro de aporte por capacidad
de
disposición o tratamiento, dado
que a la fecha de otorgamiento de la factibilidad de servicios No 15.354 no existía un
convenio vigente con Aguas Andinas, el que se suscribió en el mes de junio de 2005 y
b) que desde esa fecha, en los certificados de Factibilidad emitidos por SMAPA, se de!a
expresa constancia del pago hacia Aguas Andinas, cosa que no ocurría antes de ese
convenb.

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