Oficio Nº 2435/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 910803977

Oficio Nº 2435/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007

Número de oficio2435/07
MateriaRILES,EMISARIO, TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS
Superintendencia de
Servicios Sanitarios
Moneda
673,
Piso
7
0fi:ina La Serena Oficina Taita Oficina Concepción Oficina Ternu:o Oficina Puerto Montl
Codigo Pastal.
6500721
Edif. Italia,
Av.
Balmaceda
NO391
Edif. Fortal Maule, Calle Uno Ncrte
No
931
Calle San lvlartin
N"80,
Edif. Excell, Calle
ira flores
N"99
Pedro Montt
~'72
Teléiuno:
3824000
Oficina
No
202
Oficina
N"
424
Biock B
-
Oficina
103
Oficina
No
501
Piso
2,
Oficina
203
Fax
382 4002! 382 4003
Telefonri:
(051) 214597
Telefono:
(071) 220447
Telefono:
(041) 214 746
Teléfono.
(045) 236830
Teléfono:
1065) 343900
Fax.
(051) 214595
Fax:
(071) 226933
Fax:
(041) 214 880
Fax:
1045) 236908
Fax.
(065)
343003
Santiago, Chile
e-mail siss8sijr.cl ~a Serena, Chile Talca, Chile Concepción, Chile Ternuco, Chile Puertc Montt, Chile.
http.!!hmv.siis.cl e-rraiI:la~ena@riritl e-rnaii.talca@sirr.c~ e-mail:concepcio Qsincl e-mail:ternuco@~i~s.c~ e-rnail.ptornon+t@s.rs cl
ORD.
NO
2435,
ANT.:
Oficio
9158107
de Contraloría
Regional de
la
República-
Valparaíso. Carta Consejeros
Regionales.
MAT.:
Cobro tratamiento de aguas
servidas.
SANTIAGO,
T-?
',
,-
u
DE:
SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
:
SRA. CONTRALORA REGIONAL DE VALPARAISO
Me refiero a su oficio del antecedente, que solicita un pronunciamiento al tenor
de la carta que le dirigieran los Srs. Consejeros Regionales José Pedro Muñoz
B
y
José Ramón Cartagena, en materia de cobro por tratamiento de aguas
servidas que realiza
ESVAL
S.A.
Sobre el particular, puedo señalar que ESVAL S.A. es concesionaria de los
servicios públicos de producción
y
distribución de agua potable,
y
de recolección
y
disposición de las aguas servidas correspondientes a las localidades de
Algarrobo, El Tabo, Cartagena
y
San Antonio, entre otras localidades de la V
Región. En dicha condición, se encuentra obligada al suministro de los servicios
de su concesión, en la calidad
y
continuidad que establecen las normas
correspondientes. Asimismo, tiene derecho a cobrar por las prestaciones que
suministra, las tarifas fijadas por la autoridad, que tienen un período de duración
de
5
años,
y
que son fijadas en Decretos del Ministerio de Economía, Fomento
y
Reconstrucción
Las tarifas son calculadas por esta Superintendencia de conformidad al
DFL
MOP
N070/88, sobre Tarifas
y
su Reglamento, aprobado por DS MINECON No 453190.
El cálculo se determina sobre la base de una empresa modelo que se supone
iniciando sus operaciones, debiendo reconocerse los costos de inversión
y
reposición en infraestructura, tales como los costos de operación, administración
y
comercialización necesarios para la prestación de los servicios de agua potable
y
saneamiento.

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