Oficio n° 2343 de 02.08.2022 - Núm. 111, Septiembre 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 914018671

Oficio n° 2343 de 02.08.2022

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas178-180
178
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
3. OFICIO N° 2343 DE 02.08.2022
TEMA: Aplicación de impuesto adicional a contrato para el servicio de
mantenimiento de helicópteros.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre el tratamiento tributario de
contrato para el servicio de mantenimiento de helicópteros.
I ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una sociedad constituida en la República de
Uruguay forma parte de un grupo dedicado principalmente a la comercialización de
helicópteros, así como de sus partes y repuestos, y a la prestación de servicios de
ingeniería, mantenimiento y soporte de dicho tipo de aeronaves.
Dentro de las actividades que realiza regularmente en Chile se cuenta la celebración de
contratos comercialmente denominados “servicio de mantenimiento de helicópteros”,
que en su concepto no consisten en un simple contrato de servicios sino en contratos
de naturaleza mixta o compleja, que comprenden tanto la prestación de servicios de
inspección general de dichas aeronaves, de revisión de los motores, como también
un trabajo de recuperación o reparación de tales helicópteros, suministrando al
cliente una serie de partes y piezas que son esenciales para obtener el objetivo de
mantenimiento de dichas aeronaves.
Luego, en cumplimiento de tales prestaciones se involucran actividades consistentes
en la prestación de servicios técnicos, pero también y principalmente la transferencia
dedominioasusclientesdeunacantidadsignicativadepartesypiezasesenciales
para poder dar cumplimiento al objeto del contrato antes referido.
Armaqueestecarácterúnico seplasmanormalmenteenel contratoparaefectos
de responsabilidad y de costos. Sin embargo, en su opinión, se estaría frente a un
conjunto complejo de prestaciones, que incluye ciertamente la prestación de servicios,
pero que comprende asimismo la venta de las partes o piezas que se incorporan a
los helicópteros con motivo de la prestación de los referidos servicios.
Agrega que la valoración económica de los servicios que deben prestarse es
signicativamenteinferior alvalor quetienen laspartes ypiezas, cuyodominio se
debe transferir con motivo de la ejecución de estos. Por este motivo, desde un punto
de vista jurídico, resulta claramente distinguible, tanto el objeto como la valoración
atribuible a la prestación de servicios y aquélla que corresponde a la venta de las
piezas y partes asociadas a tales servicios.
Con todo, un cliente local discute que la aplicación del impuesto adicional (IA) es
sobre la totalidad del precio a pactarse sobre las prestaciones acordadas atendido
que se licitaba la integridad del servicio y no se adquirían repuestos.
TrasseñalarqueesteServicio,enmateriadeIA,enelOcioN°1479de2008habría
resuelto el tratamiento tributario de los contratos complejos o mixtos – descomponiendo
la remuneración total estipulada en función de las diversas prestaciones a las cuales
seaplicaysometercadaunadelaspartesdelaremuneraciónalrégimenscalque
lecorresponda–solicitaconrmarque:

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