Oficio Nº 2331/16 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802914

Oficio Nº 2331/16 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2016

Año2016
Número de oficio2331/16
MateriaREGULATORIO,AGUA, USURPACIÓN
ORD.:N°
ANT:
Comprobante
de
atención.
SAC
N°
10263291.de!
25.05.16.
(Carta
Certificada)
2331
/
MAT.:
Responde
SAC.
Usurpación
de
agua.
SANTIAGO,
1 5
JUN 2016
DE:
SUPERINTENDENTE
DE
SERVICIOS
SANITARIOS.
A:
SR.
JOSE
EDUARDO
Me
refiero a su consulta señalada en
el
ANT, de fecha 25 de mayo del presente,
la
cual
fue
formulada en los siguientes términos:
"CUÁLES
SON LOS ARTÍCULOS
Y
LEY,
EN
ESTE CASO ESVAL, ES SANCIONADA POR
USURPACIONES
DE
AGUAS
POR LA -DGA-"
Respecto
a lo consultado, informo
a
usted lo siguiente:
1.-
El
delito
de
usurpación de aguas se encuentra regulado
en
el
Código
Penal,
en
sus artículos
N°
459
y
N°
461,
bajo tres hipótesis:
2.-
Según dispone
el
artículo
N°
298, letra
c) del
Código
de
Aguas,
se ha
entregado
a la
Dirección
General de Aguas (DGA),
la
facultad de ejercer
la
policía
y
vigilancia de las aguas
en
los
cauces naturales de uso público
e
impedir que en estos
se
construyan, modifiquen
o
destruyan
obras
sin
la autorización previa del servicio o autoridad
a
quien
corresponda aprobar
su
construcción o autorizar
su
demolición
o
modificación.
Sustracción
o
apropiación de aguas, artículo 459 numerales
1
y 2.
Atentados
vinculados a los derechos de agua ajenos
o
turbación de posesión,
artículo
459 numerales
3
y 4.
Ejercicio
fraudulento del derecho de agua, artículo
461.
1
Superintendencia
de
Servicios
Sanitarios
Moneda
673,
Piso
9
Código
Postal:
6500
721
Teléfono:
56 - 2 -
2382
4000
Fax:
56 - 2 -
2382 4002
/
2382
4003
Santiago
de
Chile
http://www.siss.gob.cl

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