Oficio Nº 2300/99 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 910804669

Oficio Nº 2300/99 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 1999

Año1999
Número de oficio2300/99
MateriaRILES,COMPETENCIA SISS
Superintendencia
de
Servicios Sanitarios
DE:
A:
ORD.
ANT.:
M
AT.:
Moneda
673,
Piso
7
C6digo
Postal:
650072
1
TelCfono:
382 4000
Fax:
382
4002
/
382
4003
Santiago,
Chile.
e-mail: áissfJsiss.cl
httpJIwsiss.cl
CONAMA
8io
810
Ord.
No
662
de
23.08.99.
Informa sobre partlcipaclbn de
la
Superintendencta de Senrldos
Sanitarios en Programas de
Fiscalización
y
Seguimiento de
Resoluciones de Calificaclbn
Ambiental
(RCA).
SANTIAGO,
,
4
~€1.1999
SUPERINTENDENTE
DE
SERVICIOS SANITARIOS
SR.
BOLIVAR
RUlZ
ADAROS
DIRECTOR REGIONAL CONAMA
Vfll
REOION
Por oficio sefialado en el antecedente, se informb
a
esta Superintendencia del trabajo de
seguimiento
y
fiscalizacibn de las Resoluciones de Calificacibn Ambiental de los proyectos
apmbados por
COREMA
del Bio
010,
defini4ndose, al mismo tiempo, un calendario
de
visitas a
dlversos proyectos que se sefialan en anexo a su oficio.
Al respecto, cumplo con informar a Ud. respecto del alcance de las facultades que su ley
orgánica otorga
a
este organismo en reladbn con la materia,
así
como
la
programaclbn de
actividades que se ha definido, lo que permite abordar sus requerimientos de
la
forma que
mCis
adelante se explica.
1
.-
Conforme a la tegislacibn vigente, esta Superintendencia tiene definidas sus atribuciones
y
facultades, las que, en cuanto al control de Riles corresponde ejercerlas en
la
etapa de
Autorización de los respectivos sistemas de tratamiento que proponen los
establecimientos industriales,
a
continuacibn de ello en
la
Puesta en Explotaclh del
referido sistema de tratamiento, Aprobacibn del oorrespondlente Programa de Monitoteo
de la calidad del efluente del tratamiento
y
finalmente en el posterior seguimiento
y
fiscalizacibn. Ademhs, corresponde
a
la Superintendencia participar en el anblisis de los
estudios de impacto ambiental que a dichas plantas de tratamfento les sean exigibles.
Finalmente, en lo que a fiscalizaci6n corresponde,
la
presencia de este organismo
en
los
establecimientos industriales
se
puede registrar tambien en forma previa
a
su decisi6n de
abordar
la
resolución del problema de tratamiento de Riles, en el marco de los plazos que
la normativa vigente disponga, o bien en situaciones de denuncias por contaminación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR