Oficio n° 2286 de 26.07.2022 - Núm. 111, Septiembre 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 914018634

Oficio n° 2286 de 26.07.2022

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas136-137
136
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
Dicha recuperación deberá efectuarse en la forma señalada previamente, hasta
aquella declaración de impuestos por las operaciones del mes de junio del año
siguiente a dicho inicio.
3) Lo anterior implica que a los contribuyentes mencionados en los números 1) y
2) precedentes no les afecta el componente variable del impuesto, de manera
que pueden recuperar el componente base en los términos señalados en los
párrafos precedentes y no tienen la obligación de adicionar el monto negativo
delimpuestoasusdébitosscalesdelperíodocorrespondiente.
5. OFICIO N° 2286 DE 26.07.2022
TEMA: Impuesto especíco a los combustibles negativo.
De acuerdo con su presentación, consulta cómo debe declararse en el formulario 29
eldiéselsoportadoenlasfacturasdecomprascuandoelimpuestoespecícoalos
combustibles (IEC) es negativo y la razón de que la mayoría de esos documentos
tributarios aparecen con un monto negativo.
En particular,si se puede seguir aprovechando el benecio a los que ejercen la
actividad de transporte de carga por carretera, quienes podían rebajar un porcentaje
del IEC, dependiendo de las ventas anuales.
Al respecto se informa que el IEC, establecido en la Ley N° 18.502, es un impuesto
que se paga al tiempo de la primera venta o importación de los productos señalados
y afecta al productor o importador de ellos.
La base imponible corresponde a la cantidad de combustible, expresada en metros
cúbicos, y su tasa está conformada por un componente base y otro variable, que
consiste en un mecanismo que opera a través de incrementos y rebajas a los
impuestosespecícosaloscombustiblesestablecidosenlaLeyN°18.502,losque
semodicaránsumandoalcomponentebaseestablecidoenesaleyuncomponente
variable (que puede ser positivo o negativo) determinado para cada uno de los
siguientes combustibles gasolina automotriz, petróleo diésel, gas natural comprimido
y gas licuado de petróleo.
De esta manera, cuando el componente variable resulta negativo y su monto es
superioralcomponentejo,elimpuestototalresultaráenunmontonegativo.
En ese caso, según lo dispone al artículo primero de la Ley N° 20.765, las empresas
que sean contribuyentes de IVA y los exportadores, deberán sumar dicho valor
absolutoalosdébitosscalesIVAdelmismoperíododeadquisicióndelpetróleodiésel
y los transportistas de carga deberán adicionar al débito el mismo porcentaje del IEC
que les correspondería como crédito, según sus ingresos anuales (IEC negativo) en
la Línea 21 del formulario 29 del período de adquisición del petróleo diésel.
En el caso de los transportistas, se deberá registrar en la citada Línea 21 el
componente base y el componente variable, multiplicado por el porcentaje que les
corresponda según sus ingresos. En ambos casos, este monto, que se debe expresar
entérminosabsolutos,seráconsideradocomounmayordébitoscal.

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