Oficio Nº 1657/09 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802849

Oficio Nº 1657/09 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2009

Número de oficio1657/09
MateriaRILES,APORTE FINANCIAMIENTO REEMBOLSABLE, VIVIENDA SOCIAL
ANOS
ORD
NO
.
1651
1
ANT.:
Ofícío
No
396 del 2009 de
Subsecretaria de Vivienda y
Urbanismo.
MAT:
Aclara certificación para fines
de ley 20.307.
INC:
Modelo de certificado.
SANTIAGO,
1
4
MAY
2889
DE:
SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
Tanto el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo como la Cámara Chilena de la
Construcción han manifestado su inquietud por la forma en que se ha venido
aplicando por parte de las concesionarias la ley
No
20.307, que estableció un trato
especial en el ámbito de los servicios sanitarios, para los proyectos de viviendas
sociales hasta 750
UF,
respecto de las ampliaciones de territorios operacionales,
otorgamiento de factibilidades y exigencias de
AFR.
En efecto, la preocupación radica en el cuestionamiento que hacen las
empresas sanitarias al certificado que emiten los SERVIU para identificar los
proyectos beneficiados por la ley.
Al respecto, se incluye una certificación concordada con el citado Ministerio,
que refleja fielmente el texto legal y que tiene por objeto además, uniformar el
proceder ante este tipo de requerimientos.
Ahora bien, sin perjuicio de lo anterior, se hacen necesarias otras precisiones
para la adecuada aplicación de la norma en análisis, según los términos que se
expresan seguidamente.
Se debe reiterar que el beneficio impuesto por la ley por ser excepcional es de
aplicación estricta, por lo tanto, únicamente favorece
a
los proyectos de viviendas
hasta
750
UF
de tasación conforme al artículo
6.1.4
de la Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones, acreditada por la Dirección de Obras Municipales

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