Oficio N° 1649 del 20-05-2022 - Núm. 108, Junio 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837159

Oficio N° 1649 del 20-05-2022

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas39-42
39
RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA DEL IVA Y
MICROEMPRESAS FAMILIARES
NOVEDADES TRIBUTARIAS ABRIL - MAYO
OFICIOS RENTA
1. Ocio N° 1653 del 20-05-2022
TEMA: Imputación de retiros, remesas o distribuciones en caso de bonos
pyme.
De acuerdo con su presentación, en relación con los bonos pymes de la Ley N° 21.354
que se consideran ingresos no renta, consulta si los retiros se imputan en primer lugar
al STUT o al REX, dado que su RAI es cero. Indica que, según orden de imputación,
deberían ir al REX, pero el STUT es renta afecta a impuesto que debe ir primero.
Al respecto, según establece el N° 4 de la letra A) del artículo 14 de la LIR, para la
aplicacióndelosimpuestosnales,losretiros,remesasodistribucionesdelejercicio
se imputarán al término del ejercicio respectivo, en el orden cronológico en que
los retiros, remesas o distribuciones se efectúen, hasta agotar el saldo positivo de
los registros RAI, DDAN y REX, en el orden y con los efectos que la misma norma
señala. Agotadas las cantidades anotadas en dichos registros, los retiros, remesas
o distribuciones se imputarán a las utilidades de balance retenidas en exceso de
las tributables y luego, al capital y sus reajustes. Con todo, cualquier retiro, remesa
o distribución que exceda las cantidades ya indicadas, se afectará con el impuesto
nalquecorresponda.
Por otra parte, las cantidades registradas en el STUT no representan utilidades que
formen parte del capital propio tributario. Este registro se debe mantener controlado
únicamenteconlanalidaddeasignarlossaldosdecréditosporimpuestodeprimera
categoría acumulados al 31 de diciembre de 2016. De esta manera, los retiros,
remesas o distribuciones del ejercicio no se imputan a este registro.
Por consiguiente, al momento de efectuar la imputación de los retiros del ejercicio
deberá observar el orden de imputación establecido en el N° 4 de la letra A) del
artículo 14 de la LIR, esto es, RAI, DDAN, REX.
2. Ocio N° 1649 del 20-05-2022
TEMA: Aporte de acciones a una sociedad nanciadas con reinversiones
previamente asignadas a una empresa individual.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre tratamiento tributario
delaporte deaccionesa unasociedad, nanciadas conreinversión de utilidades,
previamente asignadas a una empresa individual.
I ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, una sociedad por acciones (AAA) posee un capital
de $1.000.000.000, nanciados con $10.000.000 en dinero y $990.000.000 con
reinversiones de utilidades realizadas con anterioridad al 31.12.20141 y acogidas al
artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

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