Oficio Nº 1450/99 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 1999
Número de oficio | 1450/99 |
Materia | GRIFOS, OBLIGATORIEDAD DE MANTENCIÓN |
Moneda
673,
Piso
7
Código
Postak
éSOOi1l
TelCfono:
382
4000
Fax
382
4002
1
382
4003
Sanüap,
Chik,
,e-mail:
siss@s¡ss.ct
ANT.
:
Su
carta
de
04.06.90.
MAT.:
Grffos
ubicados
en
la
via
Nblica.
DE:
SUPERINTENDENTE
DE
SERVICIOS SANITARIOS
A
:
SR, MARI0 DlEMOZ PIRETTA
-
ESTUDIO
CARVALLO
LTDA
A
propósito
de sus consultas en relaclbn con diversos aspectos atinente8 a las
obligaciones que tienen las empresas sanitarias respecto de la mantención,
cuidado, aprovlslonamiento
y
puesta en servicio de los grifos ubicados en la vla
pobllca, me permito informar lo siguiente:
1.-
La legislación sanitaria contempla varias nonas
relativas
a
los
grifos
ubioados
en
la vla phblica, de las cuales emanan las caracterMcas que se
enuncian a continuación:
a)
Se les considera parte integrante del sistema de redes
pliblicas
de
distribucidn
de
agua potable,
b)
Su mantencidn corresponde al respectivo Concesionario
de
dlstribucl6n
de agua potable.
c)
Estan destinados exclusivamente a la extincibn de incendios,
por
ello, el
Decreto
N0316/84
senala en
su
articulo
25O,
que
el
uso
indebido de
los
grifos piliblicos para sacar agua, ser4 sancionado
con
pena de presidio
menor en su grado mfnimo
y
una multa de
11
a
20
sueldos vltales.
d)
La
Norma
Chilena
NCH
691,
de
1978-
establece
los
requerimientos
precisos a nivel de conducción, regularización
y
distdbucl6n,
sobre
inclusibn en
el
gasto del consumo de incendio
y
otros especfticos, hasta
el nivel
de
dMmetro
para conectar grifos,
y
e)
Los
pagos
que
se
deriven de su uso
legítimo
son
de
cargo
munioijmt,
y
su valor se calcula de acuerdo al costo que demande
su
mantencbn,
segCin los estudios tarifarios Indicados en
los
artlculos
3*
y
560
del
OS
MINECON
No
453189.
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