Oficio n° 1438, de 29.04.2022 - Núm. 108, Junio 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837225

Oficio n° 1438, de 29.04.2022

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas133-135
133
RÉGIMEN DE TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADA DEL IVA Y
MICROEMPRESAS FAMILIARES
Finalmente,enloquesereerealaaplicacióndelIVA,estosserviciosseencuentran
exentos del mencionado tributo, de acuerdo a lo prescrito en el N° 7, de la letra E,
del artículo 12 la Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios (LIVS), en tanto están
afectos a Impuesto Adicional, de acuerdo al N° 2 del artículo 59 de la LIR, y no
gozan de una exención del impuesto a la renta por aplicación de las leyes o de algún
convenio para evitar la doble imposición en Chile.
III CONCLUSIÓN
De acuerdo con lo señalado en el análisis se informa lo siguiente:
1) Los servicios descritos en la presentación, por sus características, reúnen la calidad
deserviciostécnicosquetributanconformealpárrafonaldelN°2delincisocuarto
del artículo 59 de la LIR. Por ende, se encuentran exentos de IVA por aplicación del
N° 7, de la letra E, del artículo 12 de la LIVS.
2) En la medida que los contribuyentes son residentes de Argentina y gozan de los
beneciosdelConvenioconArgentina,lospagosporserviciostécnicosdescritosen
la presentación quedan sujetos al tratamiento previsto para las regalías Sin embargo,
si la persona jurídica residente de Argentina tiene un establecimiento permanente
enChileoporsuparte,lapersonafísicaresidenteenArgentinatieneunabaseja
en Chile o permanece en Chile por un período o períodos que en total alcancen o
excedan de 183 días en cualquier período de doce meses, correspondientemente
el residente de Argentina estaría sujeto de impuestos en Chile en conformidad con
artículo 7 (la renta atribuida a tal establecimiento permanente) o conforme al artículo
14delConvenio(larentaatribuidaalabasejaenChileolasrentasobtenidaspor
el desarrollo de sus actividades, según sea el caso).
3) El impuesto adicional que se retenga se debe declarar y pagar mediante el
formulario N° 50, Códigos 713 y 714.
5. OFICIO N° 1438, DE 29.04.2022
TEMA: Proporción del avalúo scal de un bien raíz que se debe considerar
para determinar el impuesto a las herencias.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la proporción del avalúo
scaldedosbienesraícesquesedebeconsiderarparadeterminarelcorrespondiente
impuesto a las herencias en el caso que indica.
I ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, la sucesión de un causante, compuesta por la
cónyuge sobreviviente y tres hijos, heredó dos inmuebles. Al fallecer la cónyuge
sobreviviente, los tres hijos pasaron a ser dueños de los bienes en cuestión. Las
respectivas sucesiones se encontraban exentas del pago de impuesto a las herencias.
NOVEDADES TRIBUTARIAS ABRIL - MAYO

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