Oficio Nº 1394/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 910798763

Oficio Nº 1394/07 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2007

Año2007
Número de oficio1394/07
MateriaTARIFAS,APORTE FINANCIAMIENTO REEMBOLSABLE, REEMBOLSO DISTINTO A ACCIONES, TASA DE INTERÉS
GOBIERNODECHILE
SUPERINTENDENOA
DE
SERVIOOS
SANrrARIOS
Moned.
673,
Piso
7
Oficina
la
Serena
Código
Postli:
6S00721
EM.ltlli~
Av.
Balm.ced.
N'
391
Teléfono:
38l.fOOO
Oficina
N'lOl
Fax:
382400l/
3824003
Teléfono:
(OS
1)21
~S97
Santiago,
Chile
Fax:
(OSI)
ll~S9S
...,.i1:
siss@slss.cl
la
Serena,
Chile
http1/www.siss.c1
e--mail:laserena@siss.c1
Oficina
Talca
Oficina
Concepción
Edil.
Portal
Naule,
Calle
UnoNorteN'931
Calle
San
M.rtín
N'
880,
Oficina
N'
~l4
810ck
Oficina
103
Teléfono:
(071)
ll~7
Teléfono:(~I)
1lI~
746
Fax:
(071)
ll8933
Fax:
(~I)
1lI~
880
T.I~
Chile
Concepción,
Chile
e-mall:talca@sis$,cl
e
omailconcepdon@siss.c1
ORD.:W
1394
Oficina
Temuco
Oficina
Puerto
Montt
Edif.
Excell,
Calle
Miranores
N'899
Pedro
Montt
N'72
Oficina
N'
SOl
Piso
l,
Oficina
l03
Teléfono:
(~S)
236830
Teléfono:
(06S)
343900
Fax:
(~5)
l36908
Fax:
(065)
343903
Temuco,
Chile
Puerto
Montt,
Chile.
e-maihemuco@siss.cl
e,mail;ptomontt@siss.cl
ANT.: Carta ESSBIO GA N° 207/07.
MAT.: Tasas de Interés para cálculo de
reembolso de AFR.
INCL.: Copia de correos electrónicos
mencionados.
SANTIAGO, o9
MAR
2007
DE: SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
A: SR. GERENTE GENERAL EMPRESA SANITARIA ESSBIO S.A.
En relación a su carta indicada en el antecedente, a través de la cual esa empresa consulta
sobre las tasas que la empresa deberá aplicar a los pagarés por AFR, emitidos durante el mes
de enero de 2007, este Organismo debe precisar lo siguiente:
1. El artículo 48° del Reglamento de Tarifas señala "... .Las
alternativas
de
reembolso
distintas
alas
acciones,
se
expresarán
en
Unidades
de
Fomento
y
con
una
tasa
de
interés
anual
efectiva
promedio
cobrada
por los
bancos
en
operaciones
reajustables
de
1a3
años,
yla
tasa
anual
efectiva
promedio
pagada
por los
bancos
en
operaciones
re
ajusta
bies de 1a3
años,
ambas informadas
por
el Banco Central de Chile en los
últimos 12 meses,
anteriores
a
aquel
mesen
que
sepagóel
aporte
totalo
parcial
o
se
convino
la
forma
depagode
este
..."
2. Por otra parte el mismo artículo señala que la entrega de los documentos de reembolso
deberá hacerse a la fecha del aporte o dentro de los 1Odías hábiles siguientes, mientras
que el artículo 49° del mismo cuerpo !egal define la existencia de un contrato en elcual
se dejara constancia del valor del aporte. La forma del contrato en cuestión queda
claramente definida a través del Manual de AFR, en donde se especifica que los
reembolsos deberán ser adecuados a las normas.
3. De acuerdo a lo precedentemente citado, el prestador es quien debe generar el contrato
ypor ende calcular el correspondiente reembolso con sus reajustes e intereses de
acuerdo a la norma.
4. No obstante lo anterior esta Superintendecia, a fin de evitar los problemas presentados
en forma reiterada por distintas empresas, entre ellas ESSBIO S.A., en el cálculo de las
tasas de interés, consideró pertinente entregarlas a través de su página Web, lo que se

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