Oficio n° 1259 de 11.04.2022 - Núm. 107, Mayo 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837263

Oficio n° 1259 de 11.04.2022

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas142-143
142
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
Loanterior,sinperjuiciodeltratamientotributarioquepudieratenerparalaentidadque
efectuarádichospagosalostrabajadores,elquedeberáseranalizadoconsiderando
lasituaciónespecícadedichaentidad.
2. OFICIO N° 1259 DE 11.04.2022
TEMA: Tratamiento tributario de mayor remuneración destinada a nanciar
opción para adquirir acciones en el marco de un plan de compensación laboral.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre el tratamiento tributario
deunamayorremuneraciónpagadaaltrabajadorconelpropósitodenanciaruna
opción de adquirir acciones en el marco de un plan de compensación laboral.
I. ANTECEDENTES
De acuerdo con su presentación, en virtud de un plan de compensación laboral, una
sociedadcelebracomoanexodecontratodetrabajounaopciónquepermitiráadquirir
accionesdelaempresabajoelpagode$1.000.000mensuales.Loanterior,permitirá
adquiriraltrabajador,luegodecumplirunplazodedosañosprestandosusservicios
en calidad de empleado, un 27,5% de la propiedad de la sociedad.
Demaneramensualseincluiráenlaliquidacióndesueldodeltrabajadorundescuento
de$1.000.000,los cuales,envirtuddelmismoanexo,aumentan suremuneración
expresamente para pagar las acciones del contrato de opción.
Conforme a lo expuesto, consulta si dicha remuneración extra se encuentra afecta
al impuesto único de segunda categoría (IUSC) y si es imponible.
II. ANÁLISIS
Atendido que el borrador de contrato de opción de suscripción de acciones
acompañadonoconcuerdaconelpeticionarioasícomoconlosmontosyporcentajes
indicados en la presentación, en términos generales cabe señalar que, de acuerdo al
numerali)delaletral)delaletraa)delN°8delartículo17delaLeysobreImpuesto
a la Renta (LIR), referido a planes de compensación laboral pactados en contratos
individualesdetrabajoo encontratosoconvenios colectivosdetrabajo,considera
ingresonorentaparalosdirectores,consejerosytrabajadores,laentregaqueefectúa
laempresa,osusrelacionados,enlostérminosdelN°17delartículo8°delCódigo
Tributario, de una opción para adquirir acciones, bonos u otros títulos emitidos en
Chileoenelexterior,asícomotampocoelejerciciodelamisma.
Sinembargo,agregalamismanorma,elmayorvalorobtenidoenlaenajenaciónde
la respectiva opción tributará conforme a lo dispuesto en el número iv) de la letra a)
delN° 8del mencionadoartículo 17,el queserá equivalentea ladiferencia entre
elprecioovalordeenajenacióny elvalorpagadocon ocasióndelaentregadela
opción, de existir.
Alrespecto, mediantela CircularN° 43de 2021este Servicioreiteró quetantola
adquisicióncomo elejerciciodeunaopción paraadquirir acciones,bonos uotros
títulosemitidosenChileoenelextranjero,noconstituyenrentaparalosdirectores,
consejerosytrabajadoresbeneciados.

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