Oficio Nº 1198/13 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 910801533

Oficio Nº 1198/13 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2013

Año2013
Número de oficio1198/13
MateriaTARIFAS,APORTE FINANCIAMIENTO REEMBOLSABLE
4
-f
*
! ^
A A
+~
%r^'
fF
¿
I
JLA
J"
14.;
'r-j.
A-.
ORD.: N° 1198
(Carta
Certificada)
ANT.:
Oficio
SISS
N°
4002 de 25 de
octubre/12; Presentación de Aguas
Araucanía S.A. de 17/10/12;
Presentación de Constructora Pocuro
Sur
Ltda. de 01.10.12.
MAT.: Resuelve discrepancia sobre AFR
por capacidad.
SANTIAGO,
m km
m
DE:
SUPERINTENDENTA DE
SERVICIOS
SANITARIOS
A
: SR. GERENTE GENERAL AGUAS ARAUCANIA S.A.
SR. GERENTE REGIONAL CONSTRUCTORA POCURO SUR LTDA.
1. Por Oficio
SISS
N°4002/12
se comunicó a ambas empresas la apertura de un término
probatorio
de 10 días, dentro del cual podían hacer valer sus alegaciones y defensas
sobre la discrepancia surgida con motivo de la exigencia de aportes de financiamiento
reembolsables (AFR) por capacidad ascendentes a UF 1.764,06, que la empresa sanitaria
había solicitado respecto al Proyecto de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y
Alcantarillado de Aguas Servidas del "Condominio
Peumayen
I por 54 viviendas".
2.
En el mismo oficio se dejó constancia, que mientras no existiera resolución administrativa
definitiva sobre la materia, se mantenía en suspenso lo instruido en el Oficio Regional
SISS
N°8805/12,
en el sentido que Aguas Araucanía no podía hacer efectiva la exigencia
de AFR por capacidad.
3.
En el contexto anotado, la empresa constructora señaló que al proyecto en cuestión
le
resulta aplicable la exención del cobro de aportes de financiamiento reembolsables
contenido en el inciso 2o del Artículo 33 del DFL MOP N° 382/88, ello al amparo del
Certificado
N°
188
del
SERVIU
IX Región de La Araucanía que acompañó y cuyo
texto
es
el siguiente:
"Según consta del certificado de edificación N° 38 emitido por la Dirección de Obras
Municipales de Pucón de fecha 19 de 04.de 2012. Certificado de Vivienda
Social
N°
484 de
fecha
06 de Julio de 2012 y del
certificado
de avalúo
fiscal
del
terreno
Rol
230-28 corresponden a viviendas sociales de hasta 750 UF y que en consecuencia
son
financiadas
en todo o en
parte,
con subsidios que otorgue el Ministerio de
Vivienda
y Urbanismo.
Se
extiende el presente certificado para efectos de la exención de aportes
financieros
reembolsables
establecida
en la Ley N°
20.307
que agregó un inciso
segundo
del artículo 33 del
decreto
con
fuerza
de ley N° 382 de
1989,
del
Ministerio
de
Obras
Públicas que
fija
ef
texto
de la Ley
General
de Servicios
Sanitarios."
s
Superintendencia
de Servicios
Sanitarios
Moneda
673,
Piso
9
Código
Postal:
6500 721
Teléfono:
56-2-382
4000
Fax:
56 - 2 - 382 4002 / 382 4003
T
r
T T T
Santiago de Chile
K
4fc
'< '
http://www.siss.qofa.cl

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR