Oficio Nº 118/14 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 910802649

Oficio Nº 118/14 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2014

Año2014
Número de oficio118/14
MateriaREGULATORIO,SOLUCIÓN PARTICULAR DE AGUA POTABLE
ORD.
ANT.:
MAT.:
N°
118
Carta
Gaseo
4100.6/001.14,
de
fecha
07.01.14.
(Ridex
N°107/14)
Soluciones
particulares de agua
potable y alcantarillado dentro del
territorio
operacional de las
concesionarias.
SANTIAGO,
i
4
Ef
2014
DE:
SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS SANITARIOS
SR.
JAIME
ALAMOS
O.
SUBGERENTE
DE
OPERACIONES
GASCO
GLP S.A.
En
atención a su consulta sobre la procedencia de instalar un sistema particular de
alcantarillado para abastecer un
terreno
urbano que no enfrenta redes
públicas,
pero se
encuentra dentro del área operacional de
Aguas
Andinas
S.A., informo a Ud. lo siguiente:
1.
Tal como Ud. señala en su carta, la existencia de soluciones particulares de agua potable y
alcantarillado está regulada en la
legislación
y
reglamentación
vigentes, en los artículos 39°
del
DFL
382/1988
y
160°
del DS MOP
N°
1199/2004,
transcritos en su
presentación.
A
su vez en el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado
(RIDAA),
DS MOP
N°50/2002,
en
párrafos
segundo y tercero del
Artículo N°
39 establece:
"Conforme
con lo expuesto en el artículo
160
del Reglamento de concesiones del DS. N°
1199/04,
de Obras
Públicas,
dentro del
territorio
operacional de las
concesionarias
sanitarias
no
serán admisibles sistemas particulares de abastecimiento de agua potable destinada al
consumo
humano ni sistemas particulares de alcantarillado o de disposición de aguas
servidas
domésticas,
salvo que no existan redes públicas
enfrente
de la respectiva
propiedad,
caso en el cual se estará a lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley General de
Servicios
Sanitarios.
En
caso que en un sector no exista red de agua potable o de alcantarillado sólo se
aceptarán
soluciones particulares de agua potable o alcantarillado correspondientes a
soluciones
individuales y sólo para sitios preexistentes,
soluciones
que deben ser aprobadas
por
la autoridad de salud quien
calificará
la factibilidad de su
construcción,
ya sea se
trate
de
terrenos ubicados al interior de un
territorio
operacional de una empresa o de terrenos
ubicados
fuera del
territorio
operacional, pero dentro del límite urbano de la comuna
Superintendencia de
Servicios
Sanitarios
Moneda
673,
Piso
9
Código
Postal:
6500
721
Teléfono:
56 - 2 -
2382
4000
Fax:
56 - 2 -
2382 4002
/
2382
4003
Santiago
de
Chile
http://www.siss.qob.cl

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