Oficio Nº 1170/06 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 910826012

Oficio Nº 1170/06 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 2006

Año2006
Número de oficio1170/06
MateriaREGULATORIO,CUMPLIMIENTO NORMAS EMISIÓN, DECRETO SUPREMO N° 46/02
~&icios Sanitarios
Moneda 673, Piso 7 Oficina La Serena Oficina Talca Oficina Concepción Oficina Temuco Oficina Puerto Monn
C6digo Portal: 6500721 Edif. Italia,
Av.
Balmaceda N991 Edif. Portal Maule, Calle Uno Norte NO931 Calle San Martin No880. Edif. Excell, Calle Mirafores NO899 ~edro Montt
NV~
Teléfono, 382 4000 Oficina No 202 Oficina N0424 Block B
-
Oficina 103 Oficina N901 Piso 2, Oficina 203
Fax: 382 4002 1382 4003 Teléfono: (051) 214597 Telbfono: (071) 220447 Teléfono: (041) 214 746 Teléfono: (045) 236830 Teléfono: (065) 343900
Santiago, Chile Fax: (051) 214595 Fax: (071) 228931 Fax: (041) 214 880 Fax: (045) 236900 Fax: (065) 343903
e-mail: sisr@sirs.cl La Serena, Chile Talca, Chile Concepción, Ch~k
-k
1
T@ile Puerto Montt, Chile.
http/l~.siis.cl e-mail:laserena@siss.cl e-mail:talca@siss.cl e-mail:concepcion@ s.cl e ai uco@siss.ci e-mail.ptomonn@sisi.tl
ORD. No
1
(Carta Certificada)
ANT.:
Fiscalización en terreno
MAT.:
Cumplimiento DS No 46/02
MINSEGPRES.
SANTIAGO,
DE: SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS SANITARIOS
A
:
SR. CARLOS MEDINA PUNALEF, FAENADORA DE ANIMALES.
1. Que, según lo dispone el DS NQ46/02 MINSEGPRES, que establece la Norma de Emisión de
Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas y su Manual de Aplicación, las fuentes existentes deben
cumplir con los Iímites máximos en el plazo de tres años contados desde la entrada en vigencia de
ella, plazo que se cumplió el 17 de febrero de 2006.
2. Que, para asegurar el cumplimiento de esos Iímites máximos, se dispuso que, desde la entrada en
vigencia de la norma, las fuentes existentes debían caracterizar e informar todos sus residuos
líquidos, mediante los procedimientos de medición y control establecidos en la norma de emisión.
3.
Durante el primer año de vigencia del decreto, las fuentes existentes debían entregar a la
Dirección General de Aguas (DGA), los antecedentes necesarios para determinar la vulnerabilidad
del acuífero. Este plazo venció el 17 de febrero de 2004.Recuerdo a Ud., que la Tabla con los
Iímites máximos que su empresa debe cumplir depende exclusivamente del nivel de vulnerabilidad
del acuífero, la cual debe ser determinada por la DGA.
4. En fiscalización efectuada a Faenadota de Animales., con fecha
23
de marzo del 2006, se
constató que los Riles están siendo infiltrados mediante lagunas y pozos de infiltración,
y
que no
ha dado cumplimiento a las obligaciones del DS N" 46/02 MINSEGPRES referidas a la
determinación de la vulnerabilidad del acuífero.
5.
Teniendo en consideración lo plazos anteriormente definidos y con el fin que su establecimiento
pueda cumplir con los Iímites de emisión establecidos por el DS N046/02 MINSEGPRES, se
instruye a Ud, presentar a esta Superintendencia, en un plazo no mayor a 30 días corridos desde
la fecha del presente oficio; los antecedentes referidos a la vulnerabilidad del acuífero (solicitud
del titular y resolución de la DGA), bajo apercibimiento de clausurar su establecimiento conforme
lo señala el artículo 11 inciso segundo numeral 2 letra a) de la Ley 18.902.
.
6. Su presentación administrativa con los antecedentes referidos a la vulnerabilidad del acuífero,
permitirá a esta Superintendencia dictar un programa de autocontrol para el efluente de su Planta,
el cual establecerá las condiciones de su descarga (parametros, Iímites de emisión, tipo de
muestras, lugar del muestreo, entre otras), y el que deberá ser ejecutado a partir de la fecha de su
dictación.

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