Oficio N° 1.339, de 04.05.2023 - Núm. 121, Julio 2023 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 939534087

Oficio N° 1.339, de 04.05.2023

AutorXimena Pérez-Brito Carvajal
CargoContador General
Páginas129-129
129
LEY SOBRE IMPUESTO DE TIMBRE Y ESTAMPILLAS
(DECRETO LEY N.º 3.475)
12. Ocio N° 1.339, DE 04.05.2023
TEMA: Ingresos percibidos por contratos de promesa de venta de inmuebles,
por contribuyente acogido al régimen pro pyme.
Deacuerdoconsupresentación,consultasilosingresosquepercibeunaempresa
dedicada exclusivamente a la compra y venta de inmuebles, sujeta al régimen pro
pyme establecido en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
(LIR), con motivo de promesas de venta de inmuebles, deben o no incorporarse a la
base imponible, al tenor de lo prescrito en el inciso tercero del artículo 29 de la LIR,
queestablecequedichosingresosseincluiránenlosingresosbrutosdelañoenque
se suscriba el contrato de venta correspondiente.
Alrespectoseinformaque,conformealaletra(f)delN°3delaletraD)delartículo
14 de la LIR, la empresa acogida al régimen pro pyme determinará la base imponible
sumando los ingresos del giro percibidos en el ejercicio y deduciendo los gastos o
egresospagadosenelmismo,salvoenoperacionesconentidadesrelacionadasque
estén sujetas al régimen de tributación de la letra A) del mismo artículo, en cuyo caso
la pyme deberá determinar la base imponible y los pagos provisionales computando
los ingresos percibidos o devengados y los gastos pagados o adeudados, según las
normas generales.
Ahorabien,considerandoquelaletra(f)delN°3delaletraD)delartículo14dela
LIR establece una regla expresa sobre reconocimiento de ingresos para el caso de
contribuyentes sujetos al régimen pro pyme establecido en la letra D) del artículo 14
de la LIR, los ingresos originados en promesas de venta de inmuebles celebrados
por un contribuyente acogido al referido régimen pro pyme deben incorporarse a la
baseimponibleenelejercicioenqueseperciban.
13. Ocio N° 1.343, DE 04.05.2023
TEMA: Aplicación de artículo 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta en
adquisición de sitio eriazo.
De acuerdo con su presentación, hace algunos años solicitó un crédito hipotecario
parala adquisiciónde unterreno tipicadoen aquelmomentocomo sitioeriazo y
queteníaunaviviendanoregularizadaqueposteriormentecumplióconlanormativa
correspondiente,modicándose eldestino del terrenoa habitacional,consultando
si existe alguna rebaja de impuestos por el crédito hipotecario en los términos
planteados.
Alrespectose informaque, apartir delodispuestoenel artículo55 bisde laLey
sobreImpuestoa laRenta (LIR),para accederal beneciotributariocontenidoen
dichanormaesnecesarioque:
a) Se trate de intereses efectivamente pagados durante el año por créditos
congarantía hipotecaria que se hubieren destinadoaadquirir o construir
unaomásviviendasdestinadasalahabitación,cualesquieraqueseanlas
características de éstas. Esto es, nuevas o usadas o acogidas a normas de
textos legales especiales, como, por ejemplo, a las disposiciones del Decreto
conFuerzadeLeyN°2de1959,peronoacogidasalafranquiciatributaria
de la Ley N° 19.622.
NOVEDADES TRIBUTARIAS
ABRIL-MAYO 2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR