Oficio n° ° 3643 de 23.12.2021 - Núm. 104, Febrero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 913837708

Oficio n° ° 3643 de 23.12.2021

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas159-161
159
CATÁLOGOS DE ESQUEMAS TRIBUTARIOS AÑO 2021
En cuanto a la determinación del mayor valor en la enajenación de las acciones de
una sociedad extranjera por parte de una persona natural que no lleva contabilidad,
y de acuerdo a la regla de reconocimiento de los ingresos de fuente extranjera que
establece el mismo inciso primero del artículo 41 B de la LIR, se deberá considerar
el ingreso y el costo asociado en la moneda extranjera que corresponda, sin aplicar
reajuste alguno.
Posteriormente, la renta así determinada se convertirá a su equivalente en pesos
chilenos al 31 de diciembre de 2021 (tipo de cambio observado), conforme con las
reglas establecidas en el artículo 41 B, en relación con la letra a) del N° 7 del artículo
41 A, ambos de la LIR, y tributará conforme con el régimen general de la LIR, esto
es,impuestodeprimeracategoríaeimpuestosnales.
Conforme lo anterior, en el caso analizado, la persona natural deberá incluir el mayor
valor obtenido en la enajenación (USD 121) en su declaración del año tributario 2022,
descontando los impuestos pagados en el exterior, de acuerdo al artículo 12 de la
LIR y según el procedimiento indicado en el párrafo anterior, para posteriormente, si
en la declaración de impuesto se determina un monto a pagar, éste se reajuste de
acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del señalado texto legal.
CONCLUSIÓN
Conforme lo expuesto precedentemente y respecto de lo consultado se informa que:
1) La tributación que afecta a la enajenación de acciones de una sociedad anónima
extranjera por parte de una persona natural deberá sujetarse al artículo 41 B de la
LIR,debiendogravarseconimpuestodeprimeracategoríaeimpuestosnales.
2) La persona natural deberá incluir el mayor valor obtenido en la enajenación, por la
suma USD 121, en su declaración del año tributario 2022, descontando los impuestos
pagados en el exterior, de acuerdo al artículo 12 de la LIR. Para estos efectos, la renta
determinada se deberá convertir a su equivalente en pesos chilenos de acuerdo con
la paridad cambiaria entre la moneda nacional y la moneda extranjera correspondiente
vigente al término del ejercicio 2021 (tipo de cambio observado). Posteriormente, si en
la declaración de impuesto se determina un monto a pagar, éste se deberá reajustar
de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 de la LIR.
6. OFICIO N° ° 3643 DE 23.12.2021
TEMA: Benecio tributario del artículo 42 bis de la Ley sobre Impuesto a la
Renta por una cuenta de ahorro previsional voluntaria.
SehasolicitadoaesteServiciounpronunciamientosobrelaprocedenciadelbenecio
tributario de las cuentas de ahorro previsional voluntario sujetas al régimen de la letra
b) del artículo 20 L del Decreto Ley N° 3.500 de 1980, en el caso de un trabajador
independiente que retira utilidades desde una empresa.
NOVEDADES TRIBUTARIAS DICIEMBRE 2021 - ENERO 2022

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