Oficio Circular nº 176 de Servicio Nacional de Aduanas, 01-06-2020
Fecha | 01 Junio 2020 |
Número de circular | 176 |
OFICIO CIRCULAR Nº 176 de fecha 01.06.2020
Mat: Interés aplicable a mercancías depositadas en régimen de Almacén Particular Art. Ord. 109, conforme Ley N° 19.479/96.
Ant.: D.O. del 21.11.96, ART. 1º Nº 5b), FAX CIRC. Nº E/5784-20.12.96, y antecedentes extraídos el 01 de junio de 2020 de la página web del Banco Central de Chile.
Valparaíso,
De : Jefa Departamento Regímenes Especiales (S)
A : Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana
1. Conforme a antecedentes extraídos de la página web del Banco Central de Chile del día 01 de junio de 2020, se informa que de conformidad al Art. Ord. 109, inciso 3º, incorporado por el Art. 1º, Número 5, letra b) de la Ley Nº 19.479 (D.O. 21.11.96), el interés promedio para el mes de mayo del año 2020 fue de 0,25%, cifra que está sujeta a posibles modificaciones.
2. En consecuencia, las mercancías que permanezcan en Régimen de Almacén Particular por más de 30 o 45 días, según corresponda, durante el mes de Junio del año 2020, quedarán afectas al interés señalado precedentemente.
3. Por lo tanto, el guarismo diario que corresponde aplicar es el siguiente:
0,25 : 31 = 0,008064 (Factor Diario)
El factor diario señalado, deberá multiplicarse por la cantidad de días excedidos, consignándose los resultados con tres decimales, el que se multiplicará por el monto total de los derechos e impuestos a pagar.
Ejemplo:
20 días...
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