Oficio Circular nº 1192 de Comisión para el Mercado Financiero, 30-12-2020
Fecha | 30 Diciembre 2020 |
Ref.AcreditacióndeConocimientosAsesoresPrevisionales.
OficioCircularCMFN°:1.192de30dediciembrede2020.
OficioSPN° : 26.811de30dediciembrede2020.
AtodoslosAsesoresPrevisionalesyEntidadesdeAsesoríaPrevisional.
LaSuperintendencia dePensiones, envirtud delasfacultades quele confierenelartículo
94número3delDecretoLey N°3.500,de1980yla ComisiónparaelMercadoFinanciero,
envirtud de lasfacultades que leconfieren el numeral1 delartículo 5, elnumeral 3 del
artículo20yelnumeral1delartículo21delDecretoLeyN°3.538,ylo acordado por su
Consejo en sesión ordinaria N°215, de 23 de diciembre de 2020, han estimado lo
siguiente:
LaLetrad)delartículo174D.L.3.500,establecequeunodelos requisitos que deben
cumplirlossocios,administradores,representanteslegalesdelasentidades de asesoría
previsional y sus dependientes que desempeñen la función de asesoría previsional, así
comolosasesoresprevisionales,esacreditarlosconocimientossuf icientes en materias
previsionales y de seguros, en la forma y periodicidad establecidos por la
SuperintendenciadePensiones(SP)ylaComisiónparaelMercadoFinanciero(CMF).
Alefecto,ymedianteunanormaconjunta(laNCG221delaCMFylaCircularN °1.526de
la SP), se reguló la materia, estableciendo respecto del requisito en cuestión, que la
acreditación se efectuará a través de la rendición de pruebas de conocimientos
específicos,paralocuallaspersonasinteresadasdebíaninscribirseenlos sitioswebdelos
respectivosServicios,enlosperíodosquealefectosedefinan.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba