Oficio Circular nº 0165 de Servicio Nacional de Aduanas, 27-05-2011 - Normativa - VLEX 837101393

Oficio Circular nº 0165 de Servicio Nacional de Aduanas, 27-05-2011

Fecha27 Mayo 2011
Número de circular0165
Oficio Circular N° 0165

MAT.- : Instruye sobre sellado de camiones

ANT.- : Anexo I, Cap. V Art. 10 y Apéndice I del A.T.I.T.

DE : DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

A : SEÑORES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS


1.- Como es de su conocimiento, las normas del Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (A.T.I.T.), aprobado por Decreto N° 257 del año 1991, del Ministerio de Transportes (D.O. 17.10.1991), contienen disposiciones sobre los precintos aduaneros que los países signatarios sometan a su disposición, señalando la obligatoriedad de su uso en la unidad de transporte, en la unidad de carga o en las mercancías susceptibles de ser precintadas.

2.- Los precintos o sellos colocados por los funcionarios de la aduana de partida, constituyen elementos de seguridad aduanera de tal modo que ninguna mercancía pueda ser extraída de la parte precintada o sellada de la unidad de transporte o ser introducida en ésta sin dejar huellas visibles de manipulación irregular y sin romper el precinto aduanero, lo que permite optimizar el transporte terrestre internacional, reducir al mínimo el tiempo necesario para el cumplimiento de las formalidades aduaneras en las aduana de paso de fronteras y asegurar que las mercancías lleguen intactas a la aduana de destino.

3.- En aquellos casos que las aduanas de paso de fronteras, detecten o sospechen que la unidad de transporte ha sido objeto de manipulaciones no autorizadas y/o que los sellos han sido violentados o son insuficientes o no ofrezcan la seguridad requerida, podrá adoptar las medidas legales correspondientes a su propia...

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