Oficio Circular nº 0108 de Servicio Nacional de Aduanas, 07-04-2011 - Normativa - VLEX 837103057

Oficio Circular nº 0108 de Servicio Nacional de Aduanas, 07-04-2011

Número de circular0108
Fecha07 Abril 2011
Oficio Circular N° 0108

Mat.: Reitera instrucciones a los Almacenistas respecto al código de barra para el retiro de las mercancías.

Ant.: Oficio Circular N° 282/2010 DNA.

De: Subdirector Técnico

A : Sres. Directores Regionales y Administradores de Aduana

1.- Comunico a ustedes que se ha tomado conocimiento en esta Dirección Nacional de Aduanas que algunos Almacenistas no están permitiendo el retiro de las mercancías cuando presentan DIN con código de barra aceptada a trámite en el mes de Marzo e impresa con el tipo de cambio de ese mes, pero que se pagan en el mes de Abril, para lo cual el despachador imprime un nuevo certificado de pago (código de barra) con el tipo de cambio correspondiente al mes de Abril.

2.- Respecto a esta materia, cabe señalar que en el numeral 6 del Oficio Circular N° 282/2010, mediante el cual se impartieron instrucciones sobre la obligación de contar con código de barras para el pago presencial de los documentos emitidos por el Servicio Nacional de Aduanas, y la entrega de las mercancías por parte de los Almacenistas, se consideró precisamente esta situación, señalándose lo siguiente:

"El documento aduanero de pago con el código de barra impreso que no sea pagado dentro del mes correspondiente al tipo de cambio considerado, implicará que el Agente de Aduana deba obtener un "Aviso de Recibo actualizado", desde...

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