Oficio Circular IP N°1 de Superintendencia de Salud, 30-12-2008 - Normativa - VLEX 914254475

Oficio Circular IP N°1 de Superintendencia de Salud, 30-12-2008

Fecha30 Diciembre 2008
Número de oficio1
SecciónPrestadores Individuales
EmisorSuperintendencia de Salud (Chile)
SUPERINT!fXJ.
DENCIA ••
DE
S
D~~OfiL
¡.
MAT.: INFORMA AVANCES INSTRUMENTOS
DE EVALUACIÓN DE CALIDAD EN
SALUD.
SANTIAGO,
3 O O
J
e
2008
A SEÑORAS O SEÑORES DIRECTORES TÉCNICOS DE PREST ADORES
INSTITUCIONALES DE SALUD
La Reforma de Salud se ha propuesto realizar un nuevo impulso en el esfuerzo permanente por
mejorar la calidad en la atención. Si bien hay múltiples definiciones de calidad, lo esencial es la
percepción de seguridad que la gente tiene de los servicios que recibe. Esa percepción es un juicio
respecto de un bien o de un servicio que las personas y sus familias reciben y queremos que ese juicio,
en el caso de salud, sea el mejor posible.
Desde el punto de la política pública, el Estado definió la calidad en la atención de salud, como
aquel nivel en el cual los establecimientos y los profesionales otorgan sus prestaciones garantizando la
seguridad de sus pacientes. A partir de 2005, año en que se inició formalmente la implementación de
la reforma, hemos participado como Superintendencia, junto al Ministerio de Salud, al Instituto de
Salud Pública y alrededor de 300 profesionales -directivos y clínicos-, provenientes del sector público
y privado proveedor de servicios a lo largo de Chile, en la construcción de un conjunto de nuevas
instituciones normativas de carácter sanitario, que conforman un Sistema Integrado de instrumentos
de gestión orientados al Mejoramiento Continuo y Progresivo de la Calidad en la Atención de
Salud, constituido por: los sistemas de registro y certificación de prestadores individuales; la
definición de estándare s mínimos de calidad y el sistema de acreditación de prestadores
institucionales.
El primer y principal objetivo de estos instrumentos de medición de la calidad es que las
personas tomen las más seguras y mejores decisiones posibles en su atención, para lo cual el gobierno
creará y mantendrá medios de información, constituidos por registros públicos formales y fácilmente
accesibles para la ciudadanía. La Intendencia de Prestadores ha diseñado las herramientas de
información necesarias para materializar este mandato, lo que significará que a partir del año 2009 y
por primera vez en el país, existirán registros públicos de todos los profesionales que realizan
atenciones de salud; registros de los establecimientos asistenciales públicos y privados acreditados; y
registros públicos de entidades evaluadoras en los procesos de acreditación y de certificación de
establecimientos y profesionales respectivamente, así como la implementación de todos los

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