Oficio Circular IF/N° 42 de Superintendencia de Salud, 31-08-2021
Año | 2021 |
Fecha | 31 Agosto 2021 |
Número de oficio | 42 |
Sección | Aseguradoras |
Emisor | Superintendencia de Salud (Chile) |
SUPERI
N
TENDENCIA
DE
SALUD
Intendencia
de
Fondos y Seguros Previsionales
Subdepartamento
de
Regulación
OFICIO
CIRCULAR
IF/
Nº
42
ANT.:
MAT.:
1.-
Decreto N°4, publicado el
08.02.2020,
del Ministerio de
Sa
lud, que
decreta Alerta Sanitaria en el
territorio
nacional
por
brot e del nuevo coronavirus
(2019-NCOV) y Decreto
Nº24,
publicado
el
18.06.21,
que prorroga
su
vigencia
hasta e l 30 de septiembre de
2021.
2.-
Ley Nº
21.342,
publicada el
01.06.2021,
que "Establece Protocolo de
Seguridad Sani
taria
Laboral para el
retorno
gradual y seguro al
trabajo
en el
marco
de
la
Alerta
Sanitar
ia decretada
con ocasión de la enfermedad de Covid-
19 en
el
País
y otras
materias
que
indica".
Establece normas
transitorias
para la
aplicación de l Seguro
Individu
al
Obligatorio
de Salud asociado a la
enfermedad
de COVID-19.
SANTIAGO,
3 1
AGO
2021
DE:
INTENDENTE
DE
FONDOS
Y
SEGUROS
PREVISIONALES
DE
SALUD
A :
GERENTES
GENERALES
DE
ISAPRES
I.
-
Introducción
Con fecha 1 de
junio
de 2021, fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº
21.342,
citada en el antecedente 2.
Dicha l
ey
, de acuerdo a su artículo 1° , se aplicará
durante
el
tiempo
en que esté
vigente
la alerta
sa
nitaria decretada con ocasión del
brote
del Nuevo Coronavirus
COVID-19.
En
su
Título
II,
artículo 10, establece un Seguro
Individual
Obligatorio de Salud
-en
adelante,
indistintament
e,
"el
Seguro"-,
en
favor
de los
trabajadores
del
sector
privado
con
contratos
sujetos
al Código del
Trabajo
y que estén desarrollando sus
labores de
man
era
pr
esencial,
total
o parcial, para
financiar
o
reembolsar
l
os
gastos
de hospitalizac ión y rehabilitación de cargo del
trabajador,
asociados a la
enfermedad
COVID-19. Este Seguro
contemplará,
asimismo,
una indemnización en caso de
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