Resolución núm. 1383 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2010. DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA LAS QUE INDICA, APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, Y DEJA SIN EFECTO NORMA QUE SEÑALA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469856082

Resolución núm. 1383 EXENTA, publicada el 27 de Agosto de 2010. DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA LAS QUE INDICA, APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, Y DEJA SIN EFECTO NORMA QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA LAS QUE INDICA, APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN, Y DEJA SIN EFECTO NORMA QUE SEÑALA

Núm. 1.383 exenta.- Santiago, 24 de agosto de 2010.- Visto: Estos antecedentes; el oficio Nº 3010-0345-10, del Instituto Nacional de Normalización, de fecha 16 de agosto de 2010; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 88, de 1953 del Ministerio de Hacienda; lo previsto en el Párrafo VI del artículo 1º de la ley Nº 16.436; lo previsto en la resolución administrativa exenta Nº 36, de 24 de enero de 1997, de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Resuelvo:

Artículo 1º

Decláranse Normas Oficiales de la República de Chile las siguientes normas chilenas con su respectivo código y título de identificación:

NCh3219.Of2010 Soldadura - Materiales de aporte -

Requisitos para fundentes utilizados

en soldadura fuerte y soldadura de

latón.

NCh-ISO 10005.Of2010 Sistemas de gestión de la calidad -

Directrices para los planes de la

calidad.

Artículo 2º

Déjase sin efecto la siguiente norma, declarada Norma Oficial de la República mediante la resolución Administrativa exenta Nº 36, de fecha 24 de enero de 1997, de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial del 4 de febrero de 1997:

NCh 10005.Of97 Gestión de calidad - Guías para los planes

de calidad.

Artículo 3º

La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Normalización. Las normas identificadas en ella tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización.

Artículo 4º

El Instituto...

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