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Decreto núm. 1304, publicado el 31 de Diciembre de 1983. APRUEBA OBJETIVOS Y POLITICAS PARA EL DESARROLLO NUCLEAR CHILENO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

APRUEBA OBJETIVOS Y POLITICAS PARA EL DESARROLLO NUCLEAR CHILENO

Santiago, 9 de Noviembre de 1983.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 1.304.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; en las letras a) y b) del artículo 3° de la Ley N° 16.319; en el decreto supremo N° 2.203 de 1981, del Ministerio del Interior; y lo propuesto por el Consejo Directivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear según Acuerdo N° 872-A de 10 de Junio de 1983, y Considerando:

La necesidad de adecuar el objetivo en materia de desarrollo nuclear el que, conjugado con las políticas pertinentes, debe colaborar a mejorar el desarrollo económico, social, científico y cultural del país.

La conveniencia de agilizar el proceso de desarrollo nuclear, conforme a los Principios Generales del Supremo Gobierno, dando a la energía nuclear la prioridad relativa que corresponda dentro de los planes y programas del Estado de Chile.

Decreto:

Artículo 1°

Apruébanse como objetivos y políticas para el desarrollo nuclear chileno, las contenidas en el Anexo al presente decreto y que se incorporarán al Documento "Programa Socio Económico 1981-1989", como letra G del párrafo III "Sector Servicios", bajo el título "Energía Nuclear", sancionado por decreto supremo N° 2.203 de...

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